Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2534/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2534/2015
VISTO: La necesidad de asignar nombres a calles que a la fecha aún no lo poseen en la
Urbanización de las Cooperativas de Vivienda y Consumo Nueva Esperanza, la
Cooperativa de Vivienda y Consumo Co.Vi.Tra.E, la Cámara de Comercio Local, y el sector
destinado a empleados del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, aprobados mediante
planos de mensura N° 5824-10470/14, 5824-10471/14, 5824-10472/14 y 5824-10474/14, y;
CONSIDERANDO:
Que, en reuniones mantenidas por representantes de dichas Cooperativas, se propuso,
designar a las calles, conforme plano adjunto (Anexo I), con los siguientes nombres: Calle 1:
Emprendedores; Calle 2: Huillin, Calle 3: Pato de los Torrentes, Calle 4: Maqui, Calle 5:
Junquera, Calle 6: Lagrima de Arroyo, Calle 7: Flor de Papel, Calle 8: Canelo, Calle 9:
Llantén, Calle 10: Tomillo del Campo, Calle 11: Las Azucenas, Calle 12: Mara, Calle 13:
Águila Mora, Calle 14: Puyén, Calle 15: Los Sauces Sur.-
Que, dándole los nombres correspondientes a las calles que aún no lo poseen, se
pretende establecer un mejor ordenamiento urbanístico de la ciudad, especialmente en dicho
sector, lo cual permite además establecer parámetros de identificación de las propiedades para
el envío a domicilio de correspondencia, tasas retributivas municipales, etc.-
Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 11/11/2015, dispuso por
unanimidad asignar nombres a calles que a la fecha aún no lo poseen en el Loteo Social
aprobado mediante plano de Mensura N° 4796-12836/10 y el sector lindante perteneciente a la
Cooperativa de vivienda y consumo Nueva Esperanza, la Cooperativa de vivienda y consumo
Co.Vi.Tra.E, la Cámara de Comercio Local, y el sector destinado a empleados del Poder
Judicial de la Provincia del Neuquén, aprobados mediante Planos de Mensura N° 5824-
10470/14, 5824-10471/14, 5824-10472/14 y 5824-10474/14.-
Que, el Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:
x) “Dar nombre a las calles, plazas, paseos y a cualquier otro lugar o establecimiento del
dominio público municipal”.-
Que, por lo expuesto se debe dictar la norma respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESÍGNASE: conforme Plano Anexo 1 del Loteo perteneciente a la
Cooperativa de Vivienda y Consumo Nueva Esperanza, la Cooperativa de
Vivienda y Consumo Co.Vi.Tra.E, la Cámara de Comercio Local, y el sector destinado a
empleados del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, aprobados mediante planos de
mensura N° 5824-10470/14, 5824-10471/14, 5824-10472/14 y 5824-10474/14, los siguientes
nombres de calles:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2534/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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“EMPRENDEDORES” a la calle que delimita dichos Loteos del loteo Social;
“HUILLIN” ubicada entre manzanas 173, 174, 175 y 178;
“PATO DE LOS TORRENTES” ubicada entre manzanas 173, 175, 176, 177, 178, 179 y
calle los Sauces Sur; “MAQUI” ubicada entre manzanas 178, 179, 183, 184 y calles Lagrima
de Arroyo y Los Sauces Sur;
“JUNQUERO” ubicada entre manzanas 182, 183, y entre calles Águila Mora y Los Sauces
Sur;
“LAGRIMA DE ARROYO” ubicada al limite de los loteos con el Remanente de la Fracción
18,
“FLOR DE PAPEL” ubicada entre manzanas 168, 169 y calles Lagrima e Arroyo y
Emprendedores,
“CANELO” ubicada entre manzanas 169, 170 y entre calles Lagrima de Arroyo y
Emprendedores;
“LLANTEN” ubicada entre manzanas 170 y 171 y entre calles Lagrima de Arroyo y
Emprendedores;
“TOMILLO DEL CAMPO” ubicada entre manzanas 171, 172 y entre calles Lagrima de
Arroyo y Emprendedores,
“LAS AZUCENAS” ubicada entre manzanas 172, 173 y entre calles Tomillo del Campo y
Mara; “MARA” ubicada entre manzanas 173, 174, 177, 178, y entre calles Lagrima de
Arroyo y Emprendedores;
“AGUILA MORA” ubicada entre manzanas 174, 177, 178, 184, 175, 179, 183, 182 y entre
calles Lagrima de Arroyo y Emprendedores,
“PUYEN” entre manzanas 175, 176, 179 y entre calles Pato de los Torrentes y
Emprendedores;
“LOS SAUCES SUR” ubicada entre manzanas 176, 179, 183, 182, y entre calles Lagrima de
Arroyo, Emprendedores y el remanente de la Fracción 18.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLECESE: los ejes de calle para tomar como altura 0 (cero) a la calle
EMPRENDEDORES y a RUTA NAC. 40 en toda su extensión. Las mismas
serán determinadas de la siguiente forma: desde calle Emprendedores hacia el Norte hasta la
última calle que limita el Loteo Social con el vertedero municipal y desde calle
Emprendedores hacia el Sur hasta el limite con el río Curruhue, con la posibilidad de
extenderse a futuro; y desde Ruta Nacional 40 hacia el Este, hasta el límite con el Río
Chimehuín, según plano Anexo donde se especifica la altura correspondiente a cada lote.-
ARTÍCULO 3°: Remítase al presente al Departamento Ejecutivo Municipal, para su
promulgación, y por su intermedio remítase copia a las Secretarías
Municipales y organismos provinciales que correspondan, y los peticionantes, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1821/2015.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA