1254 - Nominación calle Valentín Sayhueque Bº Provincial.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1254/05
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1254/2005


VISTO: El Expte. C.D. Nº 3176/05 iniciado por el Sr. Antonio B. De Bernardin y la


necesidad de imposición de nombres a calles que aún no lo poseen en el Barrio


Provincial, espacialmente en el sector del Loteo Santa Julia, y;


CONSIDERANDO:


Que, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio, mediante Nota Nº


149/05, informa que de acuerdo a los datos recabados en el área de Catastro Municipal, se


encuentran sin identificar dos calles, una (media calle) en el extremo oeste del Loteo Santa


Julia y otra boca calle ubicada entre las calles Marcelo Berbel y Milton Aguilar.-


Que, las calles mencionadas no se encuentran identificadas a la Ordenanza Nº


1173/04.-


Que, es criterio de este Concejo Deliberante designar a las calles con nombres de


personalidades que hicieron historia en nuestro país y en la Provincia del Neuquén, como


Ernesto Sábato y Valentín Sayhueque.-


Que, el Cacique Valentín Sayhueque, nacido en 1830, fue un luchador y defensor de


la gran parte de la región patagónica y llegó a dominar una amplia región de la precordillera y


cordillera nordpatagónica (Neuquén, Río Negro y Chubut), como jefe de la Confederación de


los Manzaneros.


Que, en 1876 Sayhueque recibe la visita del Perito Moreno, a quien le permite a


Moreno hacer flamear por primera vez la bandera nacional en el Nahuel Huapi.-


Que, en 1878, en tanto que el General Roca prepara la campaña al Río Negro el


escritor Estanislao Zeballos, acota en su libro: “Es necesario darse cuenta de la importancia del


Cacique Sayhueque y de las consideraciones que le debemos por su nobleza y por la constante


protección que ha prestado en la causa de la civilización y de los intereses argentinos”.-


Que, en su permanente batallar por los ideales nacionales en 1884 el Comandante


Laciar, en expedición organiza una operación en contra de Sayhueque; y el 1º de enero de


1885 éste se rinde voluntariamente a las tropas del ejército acantonados en el Fuerte Junín de


los Andes, y fue tomado prisionero y enviado a Buenos Aires de donde regresa poco después.


Que, en 1895 y luego de diversas promesas el 30 de octubre de ese mismo año, se le


conceden a Sayhueque las tierras prometidas diez años antes.-


Que, en 1899 por Ley Nacional Nº 3184 del 26 de septiembre, el Gobierno le hace


entrega de 12 leguas de tierra en Genua Chubut, momento en el cual se produce su alejamiento


del Neuquén.-


Que, cuenta la historia, que Sayhueque era un hombre de aspecto inteligente y con


las divergencias propias de la época trató de contribuir a la paz en las campañas militares sin


sentido, hasta que en 1903 fallece a orillas del Río Genua a la edad aproximada de 70 años.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












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Que, es dable destacar su esfuerzo y el reconocimiento a la lucha por la Nación y la


comunidad Mapuche dentro del suelo que hoy habitamos.-


Que, Ernesto Sábato nació en Rojas, Provincia de Buenos Aires, en el año 1911, en


el seno de una familia de inmigrantes italianos. Se licenció en física y Matemáticas en la


Universidad de la Plata, después de doctorarse en 1938, viajó a París para realizar trabajos de


investigación sobre radiaciones atómicas en Laboratorio Curie de París. Fue novelista y


ensayista argentino, cuya obra se caracteriza por un profundo contenido intelectual sobre la


difícil separación entre las nociones del bien y del mal, por un estilo brillante e inquietante.-


Que, este novelista y ensayista argentino, entre otras obras, escribió: La fuente muda,


Uno y el Universo, El túnel, Hombres y engranajes, Heterodoxia, El otro rostro del peronismo,


El caso Sábato, Sobre héroes y tumbas, El escritor y sus fantasmas, etc.-


Que, la trayectoria de Ernesto Sábato, no sólo es reconocida en nuestro país sino que


también a nivel internacional, habiendo recibido numerosas distinciones, de las cuales, entre


otras podemos mencionar: el “Premio de Honor de la Sociedad Argentina de Escritores


(SADE)”; “Caballero de las Artes y las Letras”, en Francia; Premio de Consagración Nacional


de la Argentina; “La Gran Cruz al Mérito Civil”, en España; “Caballero de la Legión de Honor


de Francia”; “Ciudadano Ilustre” de la Ciudad de Buenos Aires; “La orden de Boyacá”, en


Colombia; premio “Gabriela Mistral” otorgado por la OEA; y Doctorado Honoris Causa de la


Universidad de Murcia, España, de la Universidad de Torino, Italia y de la Universidad de


Rosario, Argentina.-


Que, en 1983 el gobierno lo designa presidente de la Comisión Nacional sobre la


Desaparición de Personas (CONADEP).


Que, el Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:


x) “Dar nombre a las calles, plazas, paseos y a cualquier otro lugar o establecimiento del


dominio público municipal”.-


Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: DESÍGNASE con el nombre de: “Pasaje Ernesto Sábato” a la calle


ubicada en Entre Ríos y Fernando Biorkman, paralela a Marcelo Berbel y


Milton Aguilar; del Barrio Provincial (Loteo Santa Julia).-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












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ARTICULO 2º: DENOMÍNASE con el nombre de: “Valentín Sayhueque” a la calle


continuación de Manuel Namuncurá, entre Pedro Illera y Catamarca,


paralela a Marcelo Berbel.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,


y por su intermedio, envíese copia de la presente a la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos (Área Catastro), a la Comunidad Mapuche del Neuquén, y al iniciador del


Expte. C.D. Nº 3176/05, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 4º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto


Fabián E. Bosque.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL


CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1220/05.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES