2259 - 13 Ratificación Convenio Informantes Turísticos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2259/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2259/2013



VISTO:
La Nota Nº 196/13 de fecha 03/06/2013 del Departamento Ejecutivo Municipal,


mediante la cual eleva copia del Convenio celebrado entre la Municipalidad de Junín


de los Andes, el Ministerio de Desarrollo Territorial y la Subsecretaría de Turismo de la


Provincia del Neuquén, registrada bajo Expte. C.D. Nº 6727/13, y;




CONSIDERANDO




Que, la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico no reintegrable


por la suma total de Pesos Ciento Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta ($ 108.460,00), distribuidos


de la siguiente manera: la Suma de Pesos Ochenta y Nueve Mil Setecientos Sesenta


($ 89.760,00) para la contratación de Cuatro (4) Informantes Turísticos durante le periodo de


doce (12) meses y la suma de Pesos Dieciocho Mil Setecientos ($ 18.700,00), para la


contratación de Dos (2) Informantes Turísticos, correspondiente a la temporada de Verano,


que se extiende del mes de enero a marzo de 2013 y del mes de noviembre al mes de


diciembre del mismo año.-




Que, el citado Convenio tendrá una duración de doce (12) meses, contados a partir


del 1º de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.-




Que, de común acuerdo se establecen con criterios excluyentes de selección de los


informantes Turísticos los siguientes requisitos:


1- Disponibilidad para cumplir turnos rotativos.
2- Residencia fija a no más de 40 Km. de “El Municipio” contratante.-
3- Buena presencia.
4- Actitud para la atención al público.
5- Amplios conocimientos de los atractivos turísticos del lugar y conocimientos


generales de atractivos de la Provincia en general.


6- Disposición para colaborar en eventos especiales dentro o fuera de la Provincia
con gastos pagos.-




Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de


crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas


sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-


culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración,


mantenimiento y perpetuación”.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo Nº 57, Inc., “t”, y conforme lo resuelto en tratamiento sobre tablas y aprobado por


unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 05/06/2013, se decide homologar dicho Convenio,


con el dictado de la norma pertinente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2259/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO suscripto en fecha 29/03/2013 entre la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor Intendente


Municipal, Don Juan Domingo Linares, y el Señor Ministro de Desarrollo Territorial, Prof.


Elso Leandro Bertoya y la Señora Subsecretaria de Turismo de la Provincia, Lic. Beatriz


Villalobos, en representación del Estado Provincial del Neuquén, el cual consta de Ocho (8)


Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por


su intermedio envíese copia Ministerio de Desarrollo Territorial y la


Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO


DOS MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1672/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES