Ordenanza N° 842 Otórgase excepción al Codigo Urbano y de Edificación - Sra. Quintana Maria Inés..pdf



Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 842/2.000



VISTO: Nota S/Nº de fecha 02/08/00 presentada ante la Subsecretaría por la Sra. María Inés


Quintana, donde solicita una excepción de la pendiente de techo a utilizar en la ampliación


del supermercado R.J., a los efectos de facilitar la actividad y seguridad de las personas (en el sector


del supermercado actualmente en funcionamiento y en el sector de obra), dado que en momento de


ejecución y montaje de la estructura de techo decidieron comprar cabriadas ya desarrolladas, las


cuales posen 22º de pendiente, remitida a este Concejo Deliberante en fecha 14/09/00 mediante


Nota Nº 731/00 de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, y; y;




CONSIDERANDO:




Que, por tal motivo solicita se le permita la construcción del techo con una pendiente de


22º.-




Que, el Consejo Asesor del Código Urbano y de Edificación en Acta Nº 003/00 de fecha


24/08/00, expresa que: “Expediente de la Sra. María Inés Quintana. Se resuelve otorgar la


excepción al C.U.E. en función de la nueva pendiente mínima”.-




Que, en Nota Nº 731/00 de fecha 14/09/00 la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos


con respecto al Acta Nº 03/00 de fecha 24/08/00 del Consejo Asesor del Código Urbano y de


Edificación manifiesta: “Expte. Sra. María Inés Quintana, Nota del 02 de agosto de 2.000.


dictamen: AUTORIZADO por el Consejo Asesor al C.U.E., de acuerdo a lo dispuesto en relación a


las pendientes de techos”.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 22/11/00 de acuerdo a la


factibilidad técnica expresada por el Consejo Asesor del Código Urbano y de Edificación y la Nota


Nº 731/00 de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos y Despacho Nº 253/00 de la Comisión


de Obras y Servicios Públicos, resuelve por unanimidad otorgar la excepción solicitada.-




Que, al efecto se debe dictar la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL CLEMENTE HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES

































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Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



ORDENANZA Nº 842/2000.-






O R D E N A N Z A




ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE a la Señora QUINTANA, María Inés, una excepción al Código


Urbano y de Edificación, AUTORIZÁNDOSE una pendiente de techo de 20º en


la ampliación del local comercial denominado Supermercado R.J., en función de la nueva pendiente


mínima establecida para todas las zonas, y conforme dictamen emitido por el Consejo Asesor del


Código Urbano y de Edificación en Acta Nº 003/00 de fecha 24/08/00 y Nota Nº 731/00 de fecha


14/09/00 de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTICULO 3º: Mediante las formas de estilo, envíese copia de la presente al interesado para


su conocimiento y a la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, para que tome


los recaudos correspondientes, para la presentación de los planos en tiempo y forma, de acuerdo a lo


normado en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl


Ande.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1001/00.-















OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL CLEMENTE HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES