1721 - 09 Homologar Convenio Parque Industrial Sr. Torres Laudari Guillermo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1721/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1721/2009



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 214 Letra “B” de fecha 17/01/2008, iniciado por el Sr.


Guillermo Torres Laudari, titular del D.N.I. Nº 29.057.555, con domicilio legal en


Calle Emilia Serrano Nº 40, Casa 2 de Junín de los Andes, destinado a Taller de Metalurgia y


Carpintería Artesanal; y Expte. Nº 039/08 Letra “L” de la Secretaría de Obras y Servicios


Públicos de fecha 08/01/2.008 que contiene presentación de planos del proyecto reseñado; y el


Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha 07/04/2.009 entre la Municipalidad de


Junín de los Andes y el nombrado Laudari Torres, Guillermo, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 18, de la Manzana 93,


Nomenclatura Catastral en trámite, con una superficie de SEISCIENTOS CINCUENTA


NUEVE, CON TREINTA METROS CUADRADOS (659,30 mts²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Trece Mil Ciento Ochenta y Seis ($ 13.186,00)


que serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 039/08 Letra “L”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses a partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 06/05/2009, conforme lo


establecido en Despacho Nº 027/2009, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1721/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 07 de


Abril de 2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Señor Intendente Municipal, Don RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor


Secretario de Producción y Turismo, Don ROBERTO SACCONI, con domicilio legal en


Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. Guillermo Torres Laudari, titular del D.N.I. Nº 29.057.555,


con domicilio legal en Calle Emilia Serrano Nº 40, Casa 2, de Junín de los Andes, en adelante


denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 18, de la Manzana 93, Nomenclatura


Catastral en trámite, con una superficie de SEISCIENTOS CINCUENTA NUEVE, CON


TREINTA METROS CUADRADOS (659,30 mts²).-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1433/09.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES