2506 - 15 Excepción Ordenanza 323-92 Creación Cementerio Parque - Sra. Selva Figueroa.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2506/2015



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 8071/15 de fecha 18/08/2015 que contiene pedido firmado por la


Sra. Selva Figueroa, D.N.I. Nº 22.292.424, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante el citado Expte., solicita una excepción para inhumar en el


Cementerio Histórico de la localidad, los restos de quien en vida fuera su padre, Bernardo A.


Figueroa.-




Que, este pedido de excepción se fundamenta dado que conforme lo establecido en la


Ordenanza Nº 323/92 de creación del Cementerio Parque de Junín de los Andes, en su


Artículo 34º se establece que “Con la habilitación del Cementerio Parque no se permitirán en


el actual (Cementerio Histórico) nuevas inhumaciones….”.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 19/08/2015, dispuso


sobre tablas y por unanimidad dar curso favorable a lo peticionado, con el dictado de la norma


legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: a la Sra. Selva Figueroa, D.N.I. Nº 22.292.424, una


excepción al Artículo 34º de la Ordenanza Nº 323/92, para inhumar en el


Cementerio Histórico de la localidad los restos de quien en vida fuera su Sr. Padre, Bernardo


Amado Figueroa, conforme lo solicitado en Expte. C.D. Nº 8071/15.-




ARTÍCULO 2º: Remítase: al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación;


y por su intermedio, envíese copia de la presente a la interesada y a las


Secretarías Municipales que estime corresponder, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO


DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1804/15.-
















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA