Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1566/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1566/2008
VISTO: La Ordenanza Nº 912/2001 de fecha 29/08/2001, la Ordenanza Nº 934/2001 de fecha
21/11/2001 y su ampliatoria Nº 984/2002 de fecha 10/07/2002, y el Expte. Nº
1343/08 Letra “A” de fecha 19/03/2008 del Registro del Departamento Ejecutivo Municipal,
y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 912/2001, establece el ordenamiento urbano ambiental de
Villa Quilquihue en el ejido municipal de Junín de los Andes y tiene por objeto regular
aspectos urbanísticos compatibles con la preservación del ambiente natural, minimizando los
posibles impactos introducidos por la urbanización y preservar la calidad del agua del Lago
Lolog y Río Quilquihue, favoreciendo el desarrollo económico social del área en el marco del
desarrollo sustentable.-
Que, Ordenanza Nº 934/2001, establece el Ordenamiento Urbano Ambiental del
Loteo Huechulafquen en el ejido municipal de Junín de los Andes y tiene por objeto regular
aspectos urbanísticos compatibles con la preservación del ambiente natural, minimizando los
posibles impactos introducidos por la urbanización y preservar la calidad del agua del Lago
Huechulafquen y Río Chimehuín, favoreciendo el desarrollo económico social del área en el
marco del desarrollo sustentable.-
Que, la Ordenanza Nº 984/2002, establece el manejo ambiental adecuado y
específico en un sector de alta fragilidad como es la zona de la “Boca” del Río Chimehuín y
cuyo ordenamiento urbano ambiental del Loteo Huechulafquen en su totalidad se establece por
Ordenanza Nº 934/2001.-
Que, el Expte. Nº 1343/08 Letra “A” de fecha 19/03/2008 del Registro del
Departamento Ejecutivo Municipal contiene Nota Nº 034/08 de fecha 18/03/2008 firmada por
la Señora subsecretaria de Planeamiento Urbano, Obras Públicas y Catastro, Arq. Victoria
Pastorino, solicita la medida de no innovar por el plazo de 200 días, para la construcción de
obras particulares en los Loteos Quilquihue, Huechulafquen y Asentamiento Gallardo.-
Que, la solicitud está motivada por los inconvenientes que tienen estos loteos al no
cumplir con el Código Urbano y de Edificación sobre tendido de servicios y apertura de la vía
pública.-
Que, este Concejo Deliberante conforme Despachos Nº 032/08 y 047/08 de la
Comisión de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, resuelve por unanimidad no
innovar en los Loteos Quilquihue y Huechulafquen, quedando en tratamiento lo referente al
Asentamiento Gallardo.-
CARLOS BERNARDINO ABURTO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1566/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, al efecto se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE la medida de NO INNOVAR por el plazo de
DOSCIENTOS (200) DÍAS, a partir de la promulgación de la presente, para
la construcción de obras particulares en los Loteos Quilquihue y Huechulafquen.-
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
Promulgada, que fuere, elévese copia, por intermedio del Ejecutivo
Municipal a las áreas municipales que estime corresponder y en forma especial a la Secretaría
Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo A/C, Concejal Carlos
Bernardino Aburto.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1368/08.-
CARLOS BERNARDINO ABURTO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES