Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2645/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2645/2016
VISTO: El Expte. del C.D. Nº 8653/16 de fecha 31/08/2016 iniciado por la Asociación Civil
Taller Productivo Amulén, mediante el cual solicita una excepción al Código Urbano y
de Edificación en lo que respeta al indicador para el Área AI (retiro lateral mínimo 3 mts.), para
el Lote 10 de al Manzana 85, Nomenclatura Catastral 13-20-057-1164, ubicado en calle
Chimehuín 150 del Parque Industrial local, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs, 01 la Asociación solicitante informe que la Sala de Prensado construida con
posterioridad, invade el retiro lateral oeste. La ubicación de la misma se debe a una
correspondencia en la secuencia del manejo de lo materiales a reciclar. Se puede percibir que los
materiales recolectados son dispuestos en el lateral oeste, siguiendo una secuencia de estibaje
para luego ser prensados los materiales como plástico y cartón, par luego ser cargados sobre el
camión que finalmente termina la enuncia en las empresas que realizan el proceso de reciclaje
de este material. Esta sala se encuentra cubierta, ya que el trabajo de prensado se realiza todo el
año.
Que, a fs. 07, 08 y 09 del Expte. consta en Informe Técnico de fecha 04/10/2016
elaborado por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano dependiente de la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos del Municipio, donde se detallan los parámetros estipulados en el Código
Urbano y de Edificación para el Área Industrial (AI), zona en la cual se encuentra situado dicho
inmueble.
Que, en dicho informe técnico con respecto al pedido de excepción al Código Urbano
y de Edificación (C.U.E.), se informa que: …. Según las características de la propuesta en función
de lo ya existente en el terreno y los índices establecidos para la zona en la que se encuentra, se
evidencia la intención de la ocupación en un retiro de frente, contradiciendo los lineamientos
establecidos por el código para la zona. En la visita efectuada por este departamento técnico a la
propiedad en cuestión, para reconocimiento y relevamiento de la misma, se observó en el lugar donde se
pretende construir dicha obra, se escuchó a los propietarios y de que manera afectaría al taller
productivo teniendo en cuenta que es un pilar importantísimo para llevar adelante las actividades en la
secuencia de reciclado tal como lo explica en la memoria descriptiva y por sobre todas las cosas la
importancia del mismo dentro de la comunidad. Los planos de obras se encuentran presentados en la
oficina de Obras Particulares, siendo este el primer pedido de excepción al Código Urbano de
Edificación que solicita, no habría impedimento alguno para llevar adelante la propuesta planteada
teniendo (en cuenta) que no afecta en absoluto el perfil urbano del entorno”.-
Que, atento al Despacho Nº 150/2016 de la Comisión Interna de Obras, Servicios
Públicos y Planeamiento Urbano, aprobado en forma unánime en Sesión Ordinaria de fecha
26/10/2016, se resuelve otorgar la excepción solicitada, con el dictado de la norma legal
pertinente.-
RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2645/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: a la Asociación Civil Taller Productivo Amulén, una
excepción a la Ordenanza Nº 237/91 “Código Urbano y de Edificación”, para
ocupación del retiro de frente, en la propiedad que se encuentra en calle Chimehuín Nº 150,
Lote 10, Manzana 85, Nomenclatura Catastral 13-20-057-1164, del Parque Industrial de Junín
de los Andes, conforme lo solicitado en Expte. Nº 8653/16 de fecha 31/08/2016 del Concejo
Deliberante.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, y a la Asociación presentante,
para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1872/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA