3152 - 21 Aprueba la Excepción al Códogo Urbano a los Sres Orlando Gustavo y Javier-Expte Nº 879-2021.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3152/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



O R D E N A N Z A Nº 3152/2021


VISTO: El expediente D.E.M. N° 879 letra C, de fecha 16/03/2021, de los Sres. Orlando


Gustavo A. y Orlando Javier L. y;


CONSIDERANDO:


Que, los Sres. Orlando Gustavo y Javier L. solicitan se considere otorgar una


excepción al Código Urbano y de Edificación en el lote ubicado en la calle Coronel Suarez N°


645, Lote 239 G.-


Que, desde la Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, Obras


Particulares se realiza la inspección correspondiente, de donde surge que las excepciones


requeridas son sobre los indicadores urbanísticos F.O.T., F.O.S., retiro de frente y retiro


lateral.


Que, en el expediente de referencia obra la documentación requerida por Ordenanza


N° 2410/2014, normativa que reglamenta las solicitudes de excepciones.-


Que, de la misma manera, en la normativa mencionada, artículo 3° establece que,


textual: “Solo se podrá dar excepción a un solo indicador urbanístico.”


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 16/06/2021, conforme al


Despacho Nº 024/21 de la Comisión Interna de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento,


aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: una excepción al Código Urbano y de Edificación, sobre un


indicador urbanístico en el proyecto “Local Comercial” el que se ejecutará


en el lote 239G de la manzana 56, ubicado sobre calle Coronel Suarez N° 645 a los Sres.


Orlando, Gustavo DNI N° 22.403.341 y Orlando, Javier DNI N° 23.229.915, adoptando en


consecuencia los Ordenadores Urbanísticos del área Centro Comercial, por sobre el área ET1


de origen.




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez


promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la presente a


los interesados y a la Secretaria de Obras Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, quién


será la responsable, de gestionar por escrito la elección del indicador urbanístico por parte de


los solicitantes. Asimismo, de remitir la información y documentación a este Concejo


Deliberante, al sólo efecto de culminar con el trámite administrativo pertinente.




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


VEINTIUNO, CONSTA EN ACTA Nº 2110/21.-







LUCIANO CASAJUS CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA