Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3152/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3152/2021
VISTO: El expediente D.E.M. N° 879 letra C, de fecha 16/03/2021, de los Sres. Orlando
Gustavo A. y Orlando Javier L. y;
CONSIDERANDO:
Que, los Sres. Orlando Gustavo y Javier L. solicitan se considere otorgar una
excepción al Código Urbano y de Edificación en el lote ubicado en la calle Coronel Suarez N°
645, Lote 239 G.-
Que, desde la Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, Obras
Particulares se realiza la inspección correspondiente, de donde surge que las excepciones
requeridas son sobre los indicadores urbanísticos F.O.T., F.O.S., retiro de frente y retiro
lateral.
Que, en el expediente de referencia obra la documentación requerida por Ordenanza
N° 2410/2014, normativa que reglamenta las solicitudes de excepciones.-
Que, de la misma manera, en la normativa mencionada, artículo 3° establece que,
textual: “Solo se podrá dar excepción a un solo indicador urbanístico.”
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 16/06/2021, conforme al
Despacho Nº 024/21 de la Comisión Interna de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento,
aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: una excepción al Código Urbano y de Edificación, sobre un
indicador urbanístico en el proyecto “Local Comercial” el que se ejecutará
en el lote 239G de la manzana 56, ubicado sobre calle Coronel Suarez N° 645 a los Sres.
Orlando, Gustavo DNI N° 22.403.341 y Orlando, Javier DNI N° 23.229.915, adoptando en
consecuencia los Ordenadores Urbanísticos del área Centro Comercial, por sobre el área ET1
de origen.
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez
promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la presente a
los interesados y a la Secretaria de Obras Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, quién
será la responsable, de gestionar por escrito la elección del indicador urbanístico por parte de
los solicitantes. Asimismo, de remitir la información y documentación a este Concejo
Deliberante, al sólo efecto de culminar con el trámite administrativo pertinente.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO, CONSTA EN ACTA Nº 2110/21.-
LUCIANO CASAJUS CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA