2943 - 19 Homologación convenio de pasantía suscripto con el CPEM Nº7 año 2019.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2943/19.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2943/2019



VISTO: El Expte. C.D. Nº 10315/2019 de fecha 24/07/2018 iniciado por el Ejecutivo


Municipal, el cual contiene Acta Acuerdo - Convenio – de Práctica Profesionalizantes


– Pasantías, suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Establecimiento


Educativo C.P.E.M Nº 7 “Malvinas Argentinas”, y;




CONSIDERANDO:


Que, se entiende por pasantía la extensión orgánica del sistema educativo a empresas


e instituciones, de carácter público o privado para la realización por parte de los/las estudiantes


de prácticas relacionadas con su educación y formación, de acuerdo a la especialización que


reciben, bajo organización, control y supervisión de la unidad educativa a la que pertenecen y


formado parte indivisible de la propuesta curricular en un lapso determinado.-




Que, son objetivo del presente Convenio: a) Generar instancias de encuentro y


retroalimentación mutua entre organismos del sector productivo y las unidades educativas, que


permitan fortalecer los procesos formativos de los/las estudiantes de la educación secundaria


y de la formación profesional. b) Favorecer en los/las estudiantes pasantes la profundización y


recreación de capacidades, conocimientos, habilidades y destrezas vinculados con el trabajo y


la producción adquiridos en su proceso formativo, así como la adquisición de nuevas


capacidades, en un contexto de trabajo concreto. c) Propiciar la familiarización de los/las


estudiantes con el ambiente laboral en sectores o áreas afines con los estudios que están


realizando, tomando contacto con la operatoria, actividades y forma de organización del


trabajo del sector en una organización específica. d) Promover la integración de los/las


estudiantes en grupos humanos y en situación de trabajo que les permitan desarrollar y


afianzar la capacidad de trabajo en equipo, la responsabilidad y el cumplimiento de normas. e)


Establecer puentes que faciliten la transición desde la escuela al mundo del trabajo y a los


estudios superiores a través de las vivencias y aprendizajes adquiridos en el involucramiento


directo en un ámbito laboral específico.-




Que, el Artículo 128, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a


la educación como herramienta fundamental en el proceso de apropiación de la cultura para


alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas. Realizará e impulsará las


acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a recibir una


educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de


oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-




Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 31/07/2019 de acuerdo a


lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t”, y conforme al


Despacho Nº 057/18 de la Comisión de Labor Legislativa, dispuso sobre tablas y por


unanimidad, homologar dicho convenio; debiéndose en consecuencia dictar la norma


respectiva.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2943/19.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el Acta Acuerdo - Convenio – de Práctica Profesionalizantes


– Pasantías, suscripto entre el Establecimiento Educativo Centro Provincial


de Enseñanza Media Nº 7, con domicilio en Coronel Suárez y San Martín de la Ciudad de


Junín de los Andes, representada en este acto por su Directora, Prof. Alejandra Beatriz Pino,


D.N.I. Nº 17.960.737, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr.


Intendente Municipal Carlos A. Corazini, el cual consta de Dieciséis (16) Cláusulas e integra


la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y por


su intermedio envíese copia a la Dirección del Establecimiento Educativo


CPEM Nº 7, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2021/19.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA