Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2943/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2943/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10315/2019 de fecha 24/07/2018 iniciado por el Ejecutivo
Municipal, el cual contiene Acta Acuerdo - Convenio – de Práctica Profesionalizantes
– Pasantías, suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Establecimiento
Educativo C.P.E.M Nº 7 “Malvinas Argentinas”, y;
CONSIDERANDO:
Que, se entiende por pasantía la extensión orgánica del sistema educativo a empresas
e instituciones, de carácter público o privado para la realización por parte de los/las estudiantes
de prácticas relacionadas con su educación y formación, de acuerdo a la especialización que
reciben, bajo organización, control y supervisión de la unidad educativa a la que pertenecen y
formado parte indivisible de la propuesta curricular en un lapso determinado.-
Que, son objetivo del presente Convenio: a) Generar instancias de encuentro y
retroalimentación mutua entre organismos del sector productivo y las unidades educativas, que
permitan fortalecer los procesos formativos de los/las estudiantes de la educación secundaria
y de la formación profesional. b) Favorecer en los/las estudiantes pasantes la profundización y
recreación de capacidades, conocimientos, habilidades y destrezas vinculados con el trabajo y
la producción adquiridos en su proceso formativo, así como la adquisición de nuevas
capacidades, en un contexto de trabajo concreto. c) Propiciar la familiarización de los/las
estudiantes con el ambiente laboral en sectores o áreas afines con los estudios que están
realizando, tomando contacto con la operatoria, actividades y forma de organización del
trabajo del sector en una organización específica. d) Promover la integración de los/las
estudiantes en grupos humanos y en situación de trabajo que les permitan desarrollar y
afianzar la capacidad de trabajo en equipo, la responsabilidad y el cumplimiento de normas. e)
Establecer puentes que faciliten la transición desde la escuela al mundo del trabajo y a los
estudios superiores a través de las vivencias y aprendizajes adquiridos en el involucramiento
directo en un ámbito laboral específico.-
Que, el Artículo 128, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a
la educación como herramienta fundamental en el proceso de apropiación de la cultura para
alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas. Realizará e impulsará las
acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a recibir una
educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de
oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-
Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 31/07/2019 de acuerdo a
lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t”, y conforme al
Despacho Nº 057/18 de la Comisión de Labor Legislativa, dispuso sobre tablas y por
unanimidad, homologar dicho convenio; debiéndose en consecuencia dictar la norma
respectiva.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2943/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el Acta Acuerdo - Convenio – de Práctica Profesionalizantes
– Pasantías, suscripto entre el Establecimiento Educativo Centro Provincial
de Enseñanza Media Nº 7, con domicilio en Coronel Suárez y San Martín de la Ciudad de
Junín de los Andes, representada en este acto por su Directora, Prof. Alejandra Beatriz Pino,
D.N.I. Nº 17.960.737, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr.
Intendente Municipal Carlos A. Corazini, el cual consta de Dieciséis (16) Cláusulas e integra
la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y por
su intermedio envíese copia a la Dirección del Establecimiento Educativo
CPEM Nº 7, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2021/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA