3363 - 22 Aporte No Reintegrable para Adquisición Máquina Chipeadora.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3363/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3363/2022


VISTO: El Expediente E.M. N° 4.456 Folio 02 – Letra “C”, de fecha 16/11/2022 del


Departamento ejecutivo Municipal, tramitado ante la Secretaría de Obras, Servicios


Públicos y Planeamiento Urbano, y;


CONSIDERANDO


Que, mediante el mismo remite Resolución 2022-58- APN-SAGYP#MEC de fecha 01


de Octubre de 2022, por el cual la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación,


otorga a la Municipalidad de Junín de los Andes, un aporte económico no reintegrable de


$ 1.922.300,00 destinado a la adquisición de una máquina chipeadora para tratar los residuos


de poda y raleo de sauces, la adquisición de semilla - inóculo – de hongos comestibles de


género Pleurotus, y la contratación de servicios de asesoramente para la puesta en marcha de


la planta piloto de producción de hongos y seguimiento de cultivo.-




Que, con el objetivo de fortalecer la dimensión productiva reutilizando los residuos


generados por la poda y raleo, la Municipalidad realizó el planteo, mediante la presentación


del proyecto respectivo, por la problemática que generan aquellos grandes volúmenes de


ramas y tocones en los cauces de los ríos, sin ningún tipo de tratamiento.-


Que, aquellos residuos en su mayoría son trasladados a basureros a cielo abierto sin


ningún tipo de aprovechamiento, y de no ser así, quedan sobre la ribera re-plantándose


naturalmente y se dispersan sin control.-


Que, resulta propicia la reutilización de estos residuos para la producción de hongos


comestibles, tal como plantea la Municipalidad de Junín de los Andes en su proyecto.-


Que a su vez es menester que no se suspenda la poda y raleo en esos momentos, dado


que es un gran aporte a la recuperación de la navegabilidad, accesibilidad al espacio público


hídrico, y el aprovechamiento de los beneficios que el sauce genera, como los numerosos


metros cúbicos de leña otorgados a familias sin acceso a la red de gas, con la consecuente


reducción de la presión leñera sobre especies nativas como el Chacay y Maitén.-


Que, el financiamiento de este proyecto significa un aporte primordial para la


Municipalidad de Junín de los Andes que se avizora que en la actualidad cuente con la


tecnología y herramientas necesarias o adecuadas para el fin que se quiere lograr.-


Que, en vista de lo indicado precedentemente, se ha manifestado con precisión la


necesidad de incorporar para el caso una (1) máquina chipeadora de ramas, la cual reducirá


notablemente el costo y la huella de carbono que implica el traslado de las ramas,


disminuyendo el volumen de residuos volcados a los basureros entre cinco (5) y diez (10)


veces, facilitando la gestión y generando un notable ahorro en la compra de leña para la


población de la localidad que no posee gas de red.-


Que, al afecto solicita la respectiva autorización de la creación de la partida


presupuestaria correspondiente para la ejecución del Programa, en los términos de la


resolución contenida en el Expte. de referencia, como así también la autorización de compra


directa del mencionado elemento, ya que por las características técnicas que debe poseer es un


elemento que difícilmente posee en stock los comercios que habitualmente que se realizan


compras.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3363/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 14/12/2022, dispuso


sobre tablas y por unanimidad, aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado


de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal vigente, la Partida


Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente al Aporte No Reintegrable (ANR),


proveniente de Resolución 2022-58- APN-SAGYP#MEC de fecha 01 de Octubre de 2022, de


la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, por la suma total de Un Millón


Novecientos Veintidós Mil Trescientos ($ 1.922.300,00), destinado a la adquisición de una


máquina chipeadora para tratar los residuos de poda y raleo de sauces, la adquisición de


semilla - inóculo – de hongos comestibles de género Pleurotus, y la contratación de servicios


de asesoramente para la puesta en marcha de la planta piloto de producción de hongos y


seguimiento de cultivo.-




ARTÍCULO 2º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la


Compra Directa de una (1) Máquina Chipeadora de uso Profesional, cuyo


valor deberá estar dentro del monto establecido en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 3º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2188/22.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA