3274 - 22 Prórroga Ploteado taxi a permisionarios de la localidad.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3274/22
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3274/2022



VISTO: El Expte. C.D. Nº 11203/22 de fecha 02/05/2022, originado por Nota Nº 123/2022


presentada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante la misiva mencionada los Sres. López Rubén, Benítez José, Acevedo


Joel, Boti Juan y Barrios Gabriel (taxiflet), solicitan una excepción al Art. 12 Inc. d, de la


Ordenanza Nº 2789/18.-




Que, tratado el pedido en reunión de Comisión de Transporte del día 27 de Abril del


corriente año, según consta en Acta, se aprueba una prórroga solicitada.-




Que, este legislativo no ve impedimento en acceder a dar la prórroga por un lapso de


SESENTA (60) días, con la aclaración de que dé cumplimiento con lo requerido por la


Comisión mencionada.-




Que, este Concejo Deliberante en sesión ordinaria de fecha 04/05/2022, conforme


Despacho Nº 009/2022 de Comisión de Labor Legislativa sobre tablas, aprueba por


unanimidad dictaminar dar curso favorable a lo solicitado.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE OTÓRGA: a los Señores; López Rubén, Acevedo Joel, Benítez José,


Boti Juan y Barrios Gabriel (taxiflet), una prórroga de SESENTA (60) días


corridos para dar cumplimiento con lo establecido en el Art. 12 Inc. d, de la Ordenanza Nº


2789/18, a partir de la promulgación de la presente.-




ARTÍCULO 2º: SE DETERMÍNA: que el permisionario que no cumpla expresado en el


Art. 1º de la presente, quedará fuera de circulación por la cantidad de


TREINTA (30) días corridos, para que regularice su situación, pasado ese tiempo se dará de


baja la licencia pertinente.-




ARTÍCULO 3º: Se remite al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos; y por su


intermedio notifíquese a los presentantes.-




ARTÍCULO 4º: Se comunica. Se publica Cumplido, se archiva.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2153/22.-







LAURA ESTER RIFFO MAXIMILIANA DE LOS ANGELES GONZALEZ


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA