Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA N° 3405/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3405/2023
VISTO: El Expediente E.M. N° 4.599 Folio 14 – Letra “C”, de fecha 29/11/2022, iniciado
por el Sr. Guillermo Gonzalo Rigoni, D.N.I. Nº 22.797.419, del Lote 3, Manzana 32,
Nomenclatura Catastral 13-25-049-6113-0000, tramitado ante la Secretaría de Obras,
Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 01 del Expte. citado, el presentante informa que pretende llevar a cabo la
construcción de un complejo turístico que cuenta con un restaurante de comida internacional
provisto de una cava de vinos, gimnasio, natatorio semi olímpico subterráneo y climatizado,
sala de masajes, sale para yoga, una sala spa y diez habilitaciones de lujo.-
Que, este proyecto surge de la necesidad existente en la zona de Villa Lolog debido
a la gran concurrencia de turistas y la falta de infraestructura para satisfacer la demanda, y sus
puertas estarán abiertas todo el año.-
Que, el complejo fue diseñado por el Sr. Alejo Duarte un reconocido proyectista de
la zona de San Martín de los Andes por sus obras realizadas.-
Que, contemplando la armonía del lugar, el proyecto abarca solamente un 25 % de
la superficie lo que supera el índice F.O.S. de la zona la cual ocupa el 10%, motivo por el cual
se solicita se otorgue la excepción para llevar adelante este Proyecto.-
Que, desde fs. 02 a fs. 14, se adjunta croquis del complejo turístico con fachada,
corte lateral y vista completa.-
Que, a fs. 16 consta Nota Nº 343/2023 de fecha 02/03/2023 de la Secretaría de Obras,
Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, por la cual se informa la factibilidad solicitada en
el Expte. de referencia a los indicadores retiro de frente, retiros laterales, F.O.S. (Factor de
ocupación de suelo), F.O.T. (Factor de Ocupación de Terreno) estipulados por normativa
vigente.-
Que, de acuerdo a la convocatoria realizada por este Concejo Deliberante, en fecha
28/04/2023 se llevó a cabo una reunión en el ámbito de la Comisión Interna de Obras,
Servicios Públicos y Planeamiento Urbano de este Legislativo, con la presencia de los
representantes de cada Bloque, el Sr. Coordinador de Planeamiento Urbano. Arq. Fabio
Sanabria Rabbia y el Sr. Guillermo Gonzalo Rigoni, a los efectos de contar con mayor
información sobre el proyecto presentado, tales como etapas y plazo de ejecución del mismo.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA N° 3405/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 03/05/2023, en
tratamiento sobre tablas, dispone por mayoría (5 votos a favor y 1 en contra), otorgar la
excepción solicitada, con el dictado de la norma legal pertinente.-
Que, la presente excepción corresponde exclusivamente para los índices urbanísticos
solicitados, no incluye la propuesta referida a la construcción del muelle (obrante en fs. 01 –
cuarto párrafo del Expte. de referencia), la cual deberá ser realizada ante el Ejecutivo
Municipal y organismos nacionales competentes (Dirección Provincial de Recursos Hídricos y
Prefectura Naval Argentina).-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE OTORGA: al Sr. Guillermo Gonzalo Rigoni, D.N.I. Nº 22.797.419,
una excepción a lo establecido en la Ordenanza Nº 912/2001 - Indicadores
Urbanísticos: Retiro de Frente, Retiros Laterales, F.O.S. y F.O.T., para la construcción
de un Complejo Turístico a realizar en el Lote 3, Manzana 32, Nomenclatura Catastral
13-25-049-6113-0000, situado en el Loteo Lolog-Quilquihue, conforme antecedentes obrantes
en Expediente E.M. N° 4.599 Folio 14 – Letra “C”, de fecha 29/11/2022.-
ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE: que la excepción otorgada en el Artículo 1º de la
presente, corresponde exclusivamente para los índices urbanísticos
solicitados, no incluye la propuesta referida a la construcción del muelle (obrante en fs. 01 –
cuarto párrafo del Expte. antes mencionado), trámite este que deberá ser realizado ante el
Ejecutivo Municipal y organismos provinciales y nacionales competentes (Dirección
Provincial de Recursos Hídricos y Prefectura Naval Argentina).-
ARTICULO 3º: SE COMUNICA: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2205/23.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA