Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1335/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1335/2006
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3411/06 de fecha 09/01/2006 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite Comodato firmado entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa Cor.Fo.Ne S.A. por la cesión de tierras
para el emplazamiento de la Obra Vía Christi, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante dicho Comodato Cor.Fo.Ne S.A. autoriza a la Municipalidad de Junín
de los Andes a utilizar el predio descripto en el croquis que acompaña a la presente, en sentido
Este – Oeste del corta fuego, hasta completar una superficie aproximada de 33.340 m², para la
implementación de nuevas figuras conforme proyecto elaborado, por el Arq. Alejandro
Santana y que es de conocimiento de las partes, y permitir el libre acceso hasta las cisterna de
agua ubicada adyacente al predio solicitado, y que sirva como almacenamiento de agua para el
Vía Christi.-
Que, la Municipalidad de Junín de los Andes, se compromete a realizar todas las
obras, de cerramiento como así también el mantenimiento y limpieza del área descripta
anteriormente.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 172, establece que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de principales fuentes de
crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades
turísticas sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos,
recreativos, socio-culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su
protección, restauración, mantenimiento y perpetuación”.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso
por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 22/02/2006, homologar dicho Convenio, con el
dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1335/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio celebrado en fecha 09/12/2005 entre la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor Intendente
Municipal, Don Ángel C. Herrera; y la Empresa Cor.Fo.Ne S.A., representada por su
Presidente, Dr. Edgardo Gilberto Allignani, el cual integra la presente como “Anexo I”.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada envíese copia de la presente a la Empresa Cor.Fo.Ne S.A.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE FEBRERO
DEL AÑO DOS MIL SEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1263/06.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA