Ordenanza N° 1023 Apruebase Licitación Privada - Señalización Turistíca Histórica de Junín de los Andes 2° Etapa.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1023/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1023/2002



VISTO:
La Nota Nº 634/02 del Departamento Ejecutivo Municipal, donde remite los Pliegos


de Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Privada Nº 001/2002


“Señalización Turística e Histórica de Junín de los Andes 2º Etapa”, para su aprobación,


y;




CONSIDERANDO:




Que, en las Condiciones Generales, Cláusula 21º, queda especificada la


responsabilidad de precalificación y preadjudicación, en la Comisión conformada por tres (3)


miembros del Departamento Ejecutivo Municipal designados a tal efecto y podrá ser integrada


por un miembro de cada bloque del Concejo deliberante previa aceptación de los mismos.-




Que, este Concejo Deliberante de acuerdo a lo expresado en Despacho Nº 238/02 del


07/11/2002 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio


Ambiente, resuelve por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 13/11/2002 aprobar los


Pliegos reseñados en el Visto de la presente.-




Que, al efecto, se debe dictar la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:



O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
APRUÉBASE los PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES Y


PARTICULARES DE LA LICITACIÓN PRIVADA Nº 001/2002


“SEÑALIZACIÓN TURÍSTICA E HISTÓRICA DE JUNÍN DE LOS ANDES 2º


ETAPA”, y que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de


la Secretaría de Economía y Hacienda realice el llamado a Licitación


respectivo de acuerdo a lo establecido en los Pliegos aprobados precedentemente.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-















SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1023/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 4º: DESE amplia difusión por los medios orales y escritos de la localidad.-




ARTÍCULO 5º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme


Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-




ARTÍCULO 6º: REFRENDARÁ la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal


Shuyay A. J. del Río.-




ARTÍCULO 7º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1101/02.-















SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES