Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1023/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1023/2002
VISTO: La Nota Nº 634/02 del Departamento Ejecutivo Municipal, donde remite los Pliegos
de Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Privada Nº 001/2002
“Señalización Turística e Histórica de Junín de los Andes 2º Etapa”, para su aprobación,
y;
CONSIDERANDO:
Que, en las Condiciones Generales, Cláusula 21º, queda especificada la
responsabilidad de precalificación y preadjudicación, en la Comisión conformada por tres (3)
miembros del Departamento Ejecutivo Municipal designados a tal efecto y podrá ser integrada
por un miembro de cada bloque del Concejo deliberante previa aceptación de los mismos.-
Que, este Concejo Deliberante de acuerdo a lo expresado en Despacho Nº 238/02 del
07/11/2002 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente, resuelve por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 13/11/2002 aprobar los
Pliegos reseñados en el Visto de la presente.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE los PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES Y
PARTICULARES DE LA LICITACIÓN PRIVADA Nº 001/2002
“SEÑALIZACIÓN TURÍSTICA E HISTÓRICA DE JUNÍN DE LOS ANDES 2º
ETAPA”, y que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de
la Secretaría de Economía y Hacienda realice el llamado a Licitación
respectivo de acuerdo a lo establecido en los Pliegos aprobados precedentemente.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1023/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 4º: DESE amplia difusión por los medios orales y escritos de la localidad.-
ARTÍCULO 5º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme
Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. “c” de la Carta Orgánica
Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-
ARTÍCULO 6º: REFRENDARÁ la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal
Shuyay A. J. del Río.-
ARTÍCULO 7º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1101/02.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES