Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2689/2017
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8987/17 de fecha 31/03/2017 iniciado por el Bloque de Concejales
del Movimiento Popular Neuquino, que contiene propuesta de modificación del
Artículo 2º de la Ordenanza Nº 2612/2016, mediante el cual se fija el valor de la tierra en el
Parque Industrial, y;
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 190,
Titulo DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMICO, Capítulo VI Actividades
Industriales y Comerciales, Parque Industrial y el Artículo Nº 219, en el Título RECURSOS
MUNICIPALES, PRESUPUESTO Y REGIMEN CONTABLE, Capítulo I, RECURSOS
MUNICIPALES.-
Que, este Concejo Deliberante, conforme al Despacho Nº 025/17 de la Comisión
Interna de Economía, resuelve por unanimidad aprobar la modificación propuesta, con el
dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 2º de la Ordenanza 2612/2016 de con fecha 06
de julio de 2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2º: FIJASE: el VALOR DE LA TIERRA en el Parque Industrial de Junín de
los Andes, conforme el siguiente detalle: Por los Lotes remanentes de las Manzanas 84-85-89-
90-91-92-93-94-96-116-136-137 en PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00) por metro
cuadrado (m²). Por los lotes remanentes de las Manzanas 86 – Chacra 22 y Chacra 23 se fija
un valor de PESOS SEISCIENTOS ($ 600,00) por metro cuadrado (m²).-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Promulgada, envíese copia a las Secretarías Municipales que
correspondan.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL
AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1898/17.-
LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES