2159 - 12 Homologar Convenio Juegos Integrados Neuquinos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2159/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2159/2012



VISTO:
La Nota Nº 438/12 de fecha 28/09/12 de la Intendencia Municipal, mediante la cual eleva


adjunto copia de Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno, Educación y


Justicia, y la Municipalidad de Junin de los Andes, en el marco del Plan Provincial de


Actividad Física y Deporte, y el Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2012",
registrada bajo Expte. C.D. Nº 6324/12, y;




CONSIDERANDO






Que, la Cláusula primea del citado Convenio, establece que "El Ministerio" le otorga


un Aporte No Reintegrable a "La Municipalidad", el que será destinado a financiar los gastos


de transporte para el desarrollo de la Etapa Final de los "JUEGOS INTEGRADOS


NEUQUINOS 2012", por un importe total de Pesos Sesenta y Un Mil Doscientos ( $ 61.200).-




Que, la Cláusula Segunda, establece que es responsabilidad de "La Municipalidad" la


correcta aplicación de los fondos transferidos y su correspondiente rendición al Tribunal de


Cuentas de la Provincia del Neuquén, como asi también "La Municipalidad" será absoluta y


totalmente responsable del cumplimiento de las obligaciones legales y tributarias de las


contrataciones que deba realizar en el marco del presente convenio.-




Que, la Cláusula Tercera, establece que "El Ministerio", a través de la Subsecretaria


de Cultura, Juventud y Deporte, queda facultado para realizar la supervisión de la totalidad de


las actividades desarrolladas en los "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2012", en el


momento en que lo crea conveniente.-




Que, la Cláusula Cuarta establece que "El Ministerio" se reserva la potestad de


publicar, en todo o en parte, las actividades que se desarrollen en el marco del presente


Convenio en el momento que lo crea conveniente.-




Que, la Cláusula Quinta, establece que se deja constancia que cualquier circunstancia


que imposibilite la realización y/o continuidad de los "JUEGOS INTEGRADOS


NEUQUINOS 2012", no dará derecho a reclamo alguno, por parte de "La Municipalidad".-




Que, el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y


recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte


comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas actividades que contaren con


deportistas locales destacados”.-.











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2159/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso


en tratamiento sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 03/10/2012,


ratificar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Gobierno,


Educación y Justicia, representado por la Ministra, Sra. Zulma Reina, y la


Municipalidad de Junin de los Andes, representada por su Intendente Municipal, Sr. Juan


Domingo Linares; en el marco del Plan Provincial de Actividad Física y Deporte, y el


Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2012", el cual integra la presente como


Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, de la Provincia del Neuquén.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRES DÍAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.637/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES