Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2159/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2159/2012
VISTO: La Nota Nº 438/12 de fecha 28/09/12 de la Intendencia Municipal, mediante la cual eleva
adjunto copia de Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno, Educación y
Justicia, y la Municipalidad de Junin de los Andes, en el marco del Plan Provincial de
Actividad Física y Deporte, y el Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2012",
registrada bajo Expte. C.D. Nº 6324/12, y;
CONSIDERANDO
Que, la Cláusula primea del citado Convenio, establece que "El Ministerio" le otorga
un Aporte No Reintegrable a "La Municipalidad", el que será destinado a financiar los gastos
de transporte para el desarrollo de la Etapa Final de los "JUEGOS INTEGRADOS
NEUQUINOS 2012", por un importe total de Pesos Sesenta y Un Mil Doscientos ( $ 61.200).-
Que, la Cláusula Segunda, establece que es responsabilidad de "La Municipalidad" la
correcta aplicación de los fondos transferidos y su correspondiente rendición al Tribunal de
Cuentas de la Provincia del Neuquén, como asi también "La Municipalidad" será absoluta y
totalmente responsable del cumplimiento de las obligaciones legales y tributarias de las
contrataciones que deba realizar en el marco del presente convenio.-
Que, la Cláusula Tercera, establece que "El Ministerio", a través de la Subsecretaria
de Cultura, Juventud y Deporte, queda facultado para realizar la supervisión de la totalidad de
las actividades desarrolladas en los "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2012", en el
momento en que lo crea conveniente.-
Que, la Cláusula Cuarta establece que "El Ministerio" se reserva la potestad de
publicar, en todo o en parte, las actividades que se desarrollen en el marco del presente
Convenio en el momento que lo crea conveniente.-
Que, la Cláusula Quinta, establece que se deja constancia que cualquier circunstancia
que imposibilite la realización y/o continuidad de los "JUEGOS INTEGRADOS
NEUQUINOS 2012", no dará derecho a reclamo alguno, por parte de "La Municipalidad".-
Que, el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y
recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte
comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas actividades que contaren con
deportistas locales destacados”.-.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2159/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso
en tratamiento sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 03/10/2012,
ratificar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Gobierno,
Educación y Justicia, representado por la Ministra, Sra. Zulma Reina, y la
Municipalidad de Junin de los Andes, representada por su Intendente Municipal, Sr. Juan
Domingo Linares; en el marco del Plan Provincial de Actividad Física y Deporte, y el
Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2012", el cual integra la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al
Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRES DÍAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.637/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES