2771 - 18 Autorizar al DEM endeudamiento.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2771/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2771/2018



VISTO:
La Nota Externa Nº 067/18 de fecha 05/03/2018 presentada por el Departamento


Ejecutivo Municipal, registrada bajo Expte. C.D. N 9516/18, y;




CONSIDERANDO:




Que, en nota mencionada el Ejecutivo Municipal informa que en el último trimestre


del año 2017 y lo que va del año 2018, se intensificaron los casos enmarcados bajo la “Ley


2302 – Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia” y Ley 2785 “Régimen de


Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Familiar.-




Que, con el objeto de asistir en los distintos casos, el Ejecutivo Municipal debió


mantener una estructura de profesionales y promotores para poder intervenir y dar respuesta a


las distintas demandas en el marco de aplicación de las leyes mencionadas.-




Que, solo en el año 2017 la Municipalidad de Junín de los Andes, debió erogar la


suma de $3.300.000,00 solo en concepto de salarios de profesionales y promotores, (18


personas en total).-




Que, asimismo el Ejecutivo debe afrontar los gastos de cobertura de traslados, a


distintos puntos de la Provincia (pasajes) para el/los y el profesional que los acompaña, como


así también los gastos que demanda “Casa Luna”, durante el último trimestre del año 2017 se


erogo una suma de $ 632.000,00.-




Que, además ante la paralización de la Obra Pública y Privada el incremento de los


servicios (luz, gas y otros) han ascendido la contención social durante el 2017


aproximadamente a 150 (ciento cincuenta) familias lo que significo una erogación durante el


último semestre/2017 de 3.180.000.-




Que, ante las demandas enunciadas y con el objetivo de priorizar la situación social


que actualmente se vive, ha significado un atraso importante en el pago de proveedores, y el


inicio de algunas obras con fondos municipales.-




Que, la Administración Pública Municipal de Junín de los Andes no posee los


recursos financieros necesarios para afrontar el compromiso contraído principalmente con los


proveedores, de quienes además necesitamos para continuar asistiendo a las demandas de este


año.-




Que, el gobierno municipal de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica


Municipal en el Artículo 57º, Inc. s “Autorizar la contratación de empréstitos y el uso del


crédito público”, solicita autorización al Concejo Deliberante para solicitar un aporte


extraordinario reintegrable al Gobierno Provincial por la suma de $ 6.600.000,00 en tres


cuotas de $ 2.200.000,00; con garantía de recursos enmarcados en la Ley 2148, Artículo 4º.-









RUTH ELIZABETH SIVORI LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2771/18.-
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Que, el gobierno municipal hará la devolución del mismo en doce (12) cuotas a partir


del mes de Junio de 2018.-




Que, para poder hacer frente a estas cuotas este Ejecutivo Municipal tomara medidas


de ajuste que permitirán poder cumplir con esta obligación.-




Que, conforme a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57,


Inc., “s”, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07 de marzo de 2018, dispuso


sobre tablas y por unanimidad, dictar la presente norma legal.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISOS a) y s), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTICULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el


Gobierno de la Provincia del Neuquén, por la suma de Seis millones


Seiscientos mil pesos con cero centavos, ($ 6.600.000,00) los cuales se recibirán en tres cuotas


iguales de Dos millones Doscientos mil pesos con cero centavos ($ 2.200.000,00), una vez


recibida la ultima cuota, el Gobierno Municipal devolverá el endeudamiento en doce (12)


cuotas iguales.-




ARTICULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar recursos de


coparticipación (Ley 2148, Articulo 4º) para la devolución del préstamo


otorgado por el Gobierno Provincial, según lo mencionado en el Articulo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá


presentar ante el Concejo Deliberante la rendición de los gastos realizados


con los fondos mencionados en el Artículo 1º de la presente con la correspondiente


documentación respaldatoria.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.946/18.-









RUTH ELIZABETH SIVORI LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE


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