Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2771/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2771/2018
VISTO: La Nota Externa Nº 067/18 de fecha 05/03/2018 presentada por el Departamento
Ejecutivo Municipal, registrada bajo Expte. C.D. N 9516/18, y;
CONSIDERANDO:
Que, en nota mencionada el Ejecutivo Municipal informa que en el último trimestre
del año 2017 y lo que va del año 2018, se intensificaron los casos enmarcados bajo la “Ley
2302 – Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia” y Ley 2785 “Régimen de
Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Familiar.-
Que, con el objeto de asistir en los distintos casos, el Ejecutivo Municipal debió
mantener una estructura de profesionales y promotores para poder intervenir y dar respuesta a
las distintas demandas en el marco de aplicación de las leyes mencionadas.-
Que, solo en el año 2017 la Municipalidad de Junín de los Andes, debió erogar la
suma de $3.300.000,00 solo en concepto de salarios de profesionales y promotores, (18
personas en total).-
Que, asimismo el Ejecutivo debe afrontar los gastos de cobertura de traslados, a
distintos puntos de la Provincia (pasajes) para el/los y el profesional que los acompaña, como
así también los gastos que demanda “Casa Luna”, durante el último trimestre del año 2017 se
erogo una suma de $ 632.000,00.-
Que, además ante la paralización de la Obra Pública y Privada el incremento de los
servicios (luz, gas y otros) han ascendido la contención social durante el 2017
aproximadamente a 150 (ciento cincuenta) familias lo que significo una erogación durante el
último semestre/2017 de 3.180.000.-
Que, ante las demandas enunciadas y con el objetivo de priorizar la situación social
que actualmente se vive, ha significado un atraso importante en el pago de proveedores, y el
inicio de algunas obras con fondos municipales.-
Que, la Administración Pública Municipal de Junín de los Andes no posee los
recursos financieros necesarios para afrontar el compromiso contraído principalmente con los
proveedores, de quienes además necesitamos para continuar asistiendo a las demandas de este
año.-
Que, el gobierno municipal de acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica
Municipal en el Artículo 57º, Inc. s “Autorizar la contratación de empréstitos y el uso del
crédito público”, solicita autorización al Concejo Deliberante para solicitar un aporte
extraordinario reintegrable al Gobierno Provincial por la suma de $ 6.600.000,00 en tres
cuotas de $ 2.200.000,00; con garantía de recursos enmarcados en la Ley 2148, Artículo 4º.-
RUTH ELIZABETH SIVORI LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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Que, el gobierno municipal hará la devolución del mismo en doce (12) cuotas a partir
del mes de Junio de 2018.-
Que, para poder hacer frente a estas cuotas este Ejecutivo Municipal tomara medidas
de ajuste que permitirán poder cumplir con esta obligación.-
Que, conforme a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57,
Inc., “s”, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07 de marzo de 2018, dispuso
sobre tablas y por unanimidad, dictar la presente norma legal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISOS a) y s), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el
Gobierno de la Provincia del Neuquén, por la suma de Seis millones
Seiscientos mil pesos con cero centavos, ($ 6.600.000,00) los cuales se recibirán en tres cuotas
iguales de Dos millones Doscientos mil pesos con cero centavos ($ 2.200.000,00), una vez
recibida la ultima cuota, el Gobierno Municipal devolverá el endeudamiento en doce (12)
cuotas iguales.-
ARTICULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar recursos de
coparticipación (Ley 2148, Articulo 4º) para la devolución del préstamo
otorgado por el Gobierno Provincial, según lo mencionado en el Articulo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá
presentar ante el Concejo Deliberante la rendición de los gastos realizados
con los fondos mencionados en el Artículo 1º de la presente con la correspondiente
documentación respaldatoria.-
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.946/18.-
RUTH ELIZABETH SIVORI LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA