3317 - 22 Homologar Convenio IJAN - Municipio aporte No Reintegrable en el marco del Año Ley de Juventudes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3317/2022

VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.319/22 de fecha 05/09/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, y;


CONSIDERANDO


Que, mediante el mismo, remite copia de la Resolución Nº 304/22 del Instituto Provincial de


Juegos de Azar, por la cual se aprueba el Convenio a suscribir entre ese Instituto y la Municipalidad de


Junín de los Andes, en el cual se otorga una aporte económico no reintegrable de Pesos Siete Millones


Trescientos Treinta Mil ($ 7.330.000,00), destinados a solventar los gastos que demanden las


actividades propuestas en el marco del “Año Ley Juventudes”, a realizarse del 22 al 25 de septiembre


de 2022 en esta localidad.-


Que, en el marco del mes de la Juventudes desde el Gobierno Municipal de Junín de los


Andes a través de la Subsecretaria de Juventud de manera articulada con los Centros de Estudiantes


proponen realizar una serie de actividades que aportará al circuito turístico de Junín de los Andes,


promocionando el desarrollo local.




Que, en consecuencia a ello, la Municipalidad de Junín de los Andes, a través de la Secretaria


General y Servicios Públicos, solicita el otorgamiento de un aporte económico no reintegrable,


destinado a los gastos que las actividades demanden.-




Que, en el marco de las Leyes Provinciales 2751 y 3312, el Presidente del Instituto Provincial


de Juegos de Azar, otorga a la Municipalidad de Junín de los Andes, el aporte económico mencionado.-


Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 07 de septiembre de 2022,


conforme Despacho Nº 033/22 de Comisión Interna de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad,


dictar la presente norma.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA


MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 INC1SO A, EL CONCEJO DELIBERANTE DE


LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES REUNIDOS EN SESIÓN ORDINARIA SANCIONA


CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A




ARTÍCULO 1º: SE HOMOLOGA: la Resolución N° 304 de fecha 31 de agosto del año 2022 del


Instituto Provincial de Juegos de Azar, mediante la cual se aprueba el convenio a


suscribir entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Instituto Provincial de Juegos de Azar, el


que está como anexo a la norma mencionada, y la que será incorporada a la presente norma como


Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal, Ejercicio año 2022, Ordenanza


Nº 3227/2021, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a los fondos


provenientes del Convenio aprobado precedentemente.-


ARTÍCULO 3º: SE ESTABLECE: que una vez refrendado por las partes, el convenio aprobado por


la Resolución N° 304, mencionada en el artículo 1°, deberá presentarse en el Concejo


Deliberante para que sea incorporado como Anexo II a la presente norma.


ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS SIETE


DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN


ACTA Nº 2173/22.-









LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA