Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2223/2013
VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 6551/13 de
fecha 28/02/2013 iniciado por la Intendencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para
la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en Expte. C.D. Nº 6551/13, se remite Nota Nº 15/13 de fecha 26/02/2013 de la
Coordinadora de la Gerencia del IN.M.U.VI, por la que se eleva nota de fecha 26/02/2013
firmada Sra. Elsa Rodríguez, D.N.I. Nº 11.997.457, mediante la cual renuncia en carácter de
indeclinable a ser beneficiario para la adquisición de una fracción de terreno en el Loteo Social
“Nehuen Che”, en un todo de acuerdo al Artículo 81º de la Ordenanza Nº 1016/2002.-
Que, conforme Despacho Nº 033/13 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos,
resuelve por mayoría (cinco votos a favor y dos abstenciones), en Sesión Ordinaria de fecha
20/03/2013, dictar la presente norma legal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de CALIFICADOS inscriptos en el Instituto
Municipal de Urbanismo y Vivienda (INMUVI.), conforme Ordenanza Nº
1846/2010, al beneficiario Sra. Elsa Rodríguez, D.N.I. Nº 11.997.457.-
ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE: como CALIFICADO al siguiente inscripto en el
INMUVI., de acuerdo al orden de prelación de suplentes calificados,
establecido en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 1960/2010.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y por su intermedio al
IN.M.U.VI., y a la interesada, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN CONSTA
EN ACTA Nº 1660/13.-
MARIANA NATALIA MORZENTI ANDREA SILVANA ROSSO
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES