2210 - 13 Ratificación Convenio Marco Asistencia y Cooperación Instituto Nacional Jubilados y Municipalidad.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2210/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2210/2013




VISTO: El Expte. del C.D. Nº 6527/2013 de fecha 30/01/2013, iniciado por el Señor Intendente


Municipal Don Juan Domingo Linares, remite a consideración copia de Convenio Marco de


Asistencia y Cooperación, celebrado entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y


Pensionados y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:



Que, en la Cláusula Primera del Convenio se expresa el objeto de formalizar acciones de


asistencia y cooperación institucional, en el marco de las misiones propias de ambos organismos, a


efectos de facilitar el desarrollo de diversas actividades afines, favoreciendo a las políticas públicas


prestacionales del Instituto con los municipios de todo el país.-


Que, en la Cláusula Segunda las partes realizarán acuerdos específicos, que serán


plasmados en Actas complementarias al presente, suscriptas por sus autoridades con ajuste a las


normas internas y de organización establecidas en sus respectivas esferas.-


Que, el Convenio Marco tendrá una vigencia de dos (2) años a partir de su suscripción,


prorrogables por igual periodo indefinidamente, salvo que una de las partes manifieste


fehacientemente su voluntad de rescindirlo, sin expresión de causa, con una antelación no inferior a


sesenta (60) días corridos, sin que ello otorgue derecho a la otra parte a reclamar indemnización por


daños, perjuicios y/o lucro cesante. Dejando expresa constancia que en caso de optarse por la


rescisión estipulada en la presente cláusula, ésta no afectará los programas o actividades en curso de


ejecución.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 27/02/2013, conforme lo


establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, Inc., “t”, y en tratamiento sobre tablas,


resuelve por unanimidad ratificar el Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal


pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación, celebrado entre


el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados,


representado por su Director Ejecutivo Sr. Dante Arriola y la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Intendente Municipal Don Juan Domingo Linares, el cual corre agregado a la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente al Instituto Nacional de


Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.-


ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1656/13.-









GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES