3201 - 21 Aprobar compra directa y contratación directa para la Obra Plan Mejoras Casco Urbano aprobado por Ordenaza 3179 3180-21 Expte C.D. Nº 11058-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3201/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3201/2021


VISTO: El Expte C.D. Nº 11058/21 iniciado por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A.


Corazini, mediante la cual solicita autorización para realizar compra directa y


contratación directa de mano de obra para la Obra “Plan de Mejoras Casco Urbano Junín de


los Andes “Plan Argentina Hace”, y;




CONSIDERANDO:




Que, atento a los Convenios suscripto entre la Secretaría de Obras Públicos de la


Nación y la Municipalidad de Junín de los Andes, Obra “Plan de Mejoras Casco Urbano Junín


de los Andes Nº SIPPE 128093, PHA, “Plan Argentina Hace”, aprobados por Ordenanzas Nº


3179/21 y 3180/2021, la MUNICIPALIDAD, solicita autorización para la realización de


compra directa y contratación de mano de obra, con el fin de congelar precios de valor de


materiales y poder dar inicio a la brevedad a la Obra “Plan de Mejoras Casco Urbano Junín de


los Andes “Plan Argentina Hace”.-




Que, dicho requerimiento se basa teniendo en cuenta lo establecido en Decreto Nº


799/21, respecto a la modificación de límites para contrataciones, considerando la importancia


de esta Obra para nuestra localidad.-




Que, para tal solicitud, el Ejecutivo Municipal, hace la presentación formalmente de


la documentación relativa a dicha obra: Proyecto de traza de materiales con análisis de precios,


planilla de insumos, presupuesto, plan de trabajo, curva de inversiones, Decreto Municipal Nº


341/21 de fecha 15 de Septiembre del 2021.-




Que, en dicho Decreto Municipal se establece que la obra se ejecutará por


administración municipal, por precio global y ajuste alzado; establecidos en el Programa


Nacional, y en la legislación y normativa municipal, provincial y nacional en la materia.-




Que, en tal sentido se requiere la Ordenanza específica que habilite y autorice la


compra de materiales, insumos, equipos, elementos de señalética, seguridad y ayuda de


gremio; en montos de hasta PESOS CINCO MILLONES, ($5.000.000,00), teniendo en cuenta


fundamentalmente dos variables que inciden de manera exponencial en el desarrollo de la obra


y en el cumplimiento de lo proyectado.- Esto es:


La variación inflacionaria diaria imperante de los materiales e insumos (monto de la


obra fue aprobado mediante convenio marco, el día 17/02/21 y mediante convenio específico


el 20/05/2021, con una variación inflatoria oficial de aproximadamente un TREINTA Y


CINCO POR CIENTO (35%), y que dicha obra tiene volúmenes de tipos de materiales que


por cantidad y tipo exceden los montos que el decreto reglamentario vigente impone PESOS


TRESCIENTOS CINCUENTA MIL. ($350.000,00.-), esta obra proyectualmente requiere


unos 2.100 m2 de revestimiento de solados, 400 m2 de hormigón, 566 m3 de arena.-




Que, en la primera etapa de la obra solo en hormigón el gasto aproximado en 82 m3


que equivalen a PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS,


($869.200,00), PESOS SEISCIENTOS MIL, ($600.000,00), para 285 m3 de relleno, PESOS


DOSCIENTOS QUINCE MIL, ($215.000,00), para 86 m2 de arena, y PESOS CUATRO


MILLONES TETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA, ($4.071.240,00.-), en


revestimiento para solados.-











LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES








Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3201/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






Que, sobre el monto recibido como anticipo financiero de PESOS ONCE


MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CATORCE MIL CON


VEINTE CENTAVOS, ($11.044.414,20.-), para materiales y el saldo del anticipo para mano


de Obra.-




Que, no existiendo objeción alguna, este Concejo Deliberante en Sesión


Extraordinaria de fecha 29 de Octubre de 2021, dispuso por unanimidad aprobar la


autorización solicitada, con el dictado de la norma pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA


CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”,


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A





ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar compras


directa y contrataciones directas de mano de obra, para dar inicio a la Obra “PLAN DE


MEJORAS CASCO URBANO DE JUNÍN DE LOS ANDES”, en el marco del “PLAN


ARGENTINA HACE”, aprobado por Ordenanzas Nº 3179/21 y 3180/21.




ARTÍCULO 2º: REMITASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS


MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2133/21.-















LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES