3202 - 21 Otorgar 10% descuento Tasa Servicios Retributivos Exptes. D.E.M. Nº 2883-21 Perez Francisco.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3202/2021
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3202/2021


VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 2883/21, el que tramita la Intendencia Municipal, mediante el


cual remite solicitud de beneficio de descuento y/o eximición de impuestos retributivos a nombre


del Sr. Pérez Francisco, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Sr. Pérez Francisco solicita el beneficio por corresponder, en concepto de


impuestos retributivos;


Que, la Ordenanza tarifaria vigente contempla beneficios y descuentos para jubilados y


pensionado,


Que, en expediente de referencia obra antecedentes y requisitos establecidos por el


Código Tributario – Ordenanza N° 2996/20;


Que, la normativa mencionada determina otorgar un descuento para las personas que así


lo requieran, sobre tasas de impuestos retributivos y/o patentes, los que certifiquen la condición


de jubilados, pensionados y personas con discapacidad.-


Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/11/2021, conforme al Despacho Nº


051/21 de la Comisión Interna de Economía, aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal


pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: un descuento del 10 % (diez por ciento), en concepto de pago


de Tasas por Servicios a la Propiedad de Inmueble al Sr. PEREZ, Francisco,


DNI Nº 10.287.310, propietario del inmueble N° 4406 ubicado en calle MAQUI Nº 1082,


conforme Ficha de Inmueble que obra en expediente N° 2883/21 – foja 02 (DEM).-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


interesado.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,


A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2135/21.-






LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE LA PRESIDENCIA