2324 - 13 Eximisión uso de plataforma y alquiler 100% Empresa Castelli Servicio Transporte Público Urbano.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2322/13.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2324/2013



VISTO: El Acta de la Comisión de Trasporte Urbano de fecha 18 de Noviembre de 2013, los


integrantes de la misma resuelven aprobar la renovación de la eximición de pago de tasa


de uso de plataforma y tasa por derecho de ocupación de espacio público (boletería), previsto en


la Ordenanza Tarifaría vigente, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Ordenanza Nº 1860/2010 en su Art. 1º declara de Interés Municipal el Servicio


de Transporte Urbano de Pasajeros, en su Art. 2º aprueba el marco regulatorio del Servicio


Público de Transporte Urbano de Pasajeros, el cual corre agregado a la misma como Anexo I.-




Que, la Ordenanza Nº 2205/2013 ratifica el Contrato de Concesión del Servicio Público


de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes, celebrado en fecha 19/12/2012 entre la


Municipalidad de Junín de los Andes, la Empresa de Transporte Castelli S.R.L, y establece la


vigencia del contrato desde el 1° de Diciembre del 2012 hasta el 30 de Abril del 2016.-




Que; la Ordenanza Nº 2073/2012 determina en sus: “ARTÍCULO 1º: EXÍMASE, en un cien
por ciento (100 %) el pago mensual en concepto de Tasa por uso de Plataforma de la Terminal de


Ómnibus, a la Empresa Castelli S.R.L., concesionaria del Servicio Público de Transporte Urbano de


Pasajeros de Junín de los Andes.- ARTÍCULO 2º: EXÍMASE, en un cien por ciento (100 %) el pago


mensual en concepto de derecho de ocupación de local en la Terminal de Ómnibus, a la Empresa Castelli


S.R.L., concesionaria del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes.


ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE, que el beneficio de eximición establecido en los Artículos 1º y 2º de la


presente tendrá vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2012”.-




Que, la alternativa eximición de las tasas mencionadas se propone a fin de garantizar la


prestación de este servicio vital para el desarrollo de nuestra localidad y contribuir a la reducción


del déficit que le genera a la Empresa concesionaria.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2322/13.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: EXÍMASE: en un cien por ciento (100 %) el pago mensual en concepto de


Tasa por uso de Plataforma de la Terminal de Ómnibus, a la Empresa Castelli


S.R.L., concesionaria del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín de los


Andes.-




ARTÍCULO 2º: EXÍMASE: en un cien por ciento (100 %) el pago mensual en concepto de


derecho de ocupación de local en la Terminal de Ómnibus, a la Empresa


Castelli S.R.L., concesionaria del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín


de los Andes.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que el beneficio de eximición establecido en los Artículos 1º


y 2º de la presente tendrá vigencia, desde el 01 de Enero del 2013 hasta el 30 de


Abril de 2016.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, notifíquese a la Empresa Castelli S.R.L. y a las Secretarías


Municipales que estime corresponder.-




ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1706/13.- EXPTE. C.D. Nº 7020/13.-















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA