1753 - 09 Homologar Convenio Parque Industrial Sr. Olivero Marilyn Picurú Viajes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1753/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1753/2009



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2158 Letra “A” de fecha 22/10/2007, iniciado por la Sra.


Marilyn Elizabeth Olivero, titular del D.N.I. Nº 20.814.054 y Carlos Gabriel


Quiroga, titular del D.N.I. Nº 23.937.444, con domicilio legal en Calle Coronel Suárez Nº 377


de Junín de los Andes, destinado a Base de Flota de Vehículos; y Expte. Nº 098/09 Letra “O”


de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 13/01/2.009 que contiene presentación


de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado durante el


mes de Junio del año 2009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa “Picurú


Viajes S.R.L.”, representada por la Gerente Sra. Olivero Marilyn Elizabeth, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95 y


sus respectivas modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006 y Nº 1718/09, una fracción de


terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 6, de la


Manzana 94, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-054-9396, con una superficie de


SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (724,00 mts²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por


metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho Mil Novecientos Sesenta ($


28.960,00) que serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del


citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 098/09 Letra “O”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 29/07/2009, conforme lo


establecido en Despacho Nº 069/2009, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1753/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado durante el


mes de Junio de 2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el


Señor Secretario de Producción y Turismo, Don ROBERTO SACCONI, con domicilio legal


en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y la Empresa “Picurú Viajes S.R.L.”, representada por la Gerente Sra.


OLIVERO MARILYN ELIZABETH, titular del D.N.I. Nº 20.814.054, con domicilio legal


en Calle Coronel Suárez Nº 377 de Junín de los Andes, en adelante denominado el


“ADQUIRENTE”, por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de


Junín de los Andes, identificado como Lote 6, de la Manzana 94, 13-20-054-9396, con una


superficie de SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (724,00 mts²).-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL


NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1446/09.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA