2754 - 17 Derogación Total Ordenanzas Nº 761 y 768-99 Traspaso de de Mando en el ámbito del Municipio.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2754/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2754/2017



VISTO:
La Nota Nº 141/2017 del Bloque del Movimiento Popular Neuquino de fecha


14/11/2017, registrada bajo Expte. C.D. Nº 9367/17, que contiene proyecto de


ordenanza, traspaso de mando y corrimiento por ausencia del Intendente Municipal, y;




CONSIDERANDO:




Que, es necesario reglamentar los términos que formalicen el traspaso de mando y


corrimiento por ausencias del Sr. Intendente Municipal debiéndose notificar al Concejo


Deliberante mediante acta correspondiente.-




Que, conforme a las leyes vigentes, las ausencias que se produzcan deberán contener


el marco legal que deriven la traslación de mando (deberes y atribuciones), de acuerdo a lo que


esta norma fije.-




Que, por Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 33, el Vice Intendente estará a


cargo de la presidencia del Concejo Deliberante y suplirá al Intendente en forma temporaria o


permanente con idénticos deberes y atribuciones.-




Que, con el fin de ordenar la administración municipal ante la ausencia del


Intendente o de ambos, conforme las leyes vigentes, las ausencias deberán contener el marco


legal respectivo.-




Que el Artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal dice que en caso de ausencia, el


cargo de intendente será ejercido automáticamente por el Viceintendente, quien no podrá


ausentarse durante el lapso en que el intendente lo hiciere. En casos excepcionales de fuerza


mayor, hasta el retorno de alguno de los dos, el Concejo Deliberante por ordenanza


determinará el funcionario político municipal o el concejal del mismo partido político del


intendente que ejercerá la Intendencia.




Que, toda vez que producida la ausencia del Intendente, el Viceintendente al tomar


posesión del cargo informará al Concejo Deliberante para que se produzca el corrimiento,


según lo establecido en Carta Orgánica Municipal - Artículo 46º: “...el Vicepresidente


subrogará en forma automática al Presidente...” – y (Ordenanza Nº 757/99 – Artículo 1º):


“...cuando el Vicepresidente del Cuerpo reemplace al Presidente tendrá voz y voto


conservando su condición de concejal”.-




Que, el acto de traspaso en el Departamento Ejecutivo Municipal se deberá


formalizar a través de un acta confeccionada en un libro habilitado a tal efecto. Dicho


Departamento informará en forma inmediata al Concejo Deliberante elevando copia de acta


y/o nota de cada traspaso.











MARÍA LAURA CAÑICUL LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2754/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
ESTABLÉCESE: Que cuando por razones inherentes a la función, licencia


u otras, el Sr. Intendente deba ausentarse de la Localidad, el Viceintendente


lo reemplazará en forma automática. El acto del traspaso de mando formalizado por acta,


deberá ser remitido al concejo deliberante en forma automática con copia del acta respectiva.-




ARTÍCULO 2º: DÉJASE: establecido que cuando por razones excepcionales se produzca la


doble Ausencia, la intendencia la suplirá de forma automática el Funcionario


Político o el Concejal del mismo Partido del Intendente designado por el Cuerpo Legislativo


según Artículos 33º y 34 de nuestra carta Orgánica Municipal.-




ARTICULO 3º: DERÓGANSE: en todos sus términos las Ordenanzas Nº 761/1999 y Nº


768/1999.-



ARTÍCULO 4º: Remítase: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1930/17.-











MARÍA LAURA CAÑICUL LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA