1945 - 11 Autorizar toma de crédito Ministerio de Desarrollo Territorial Centro Pyme-Adeneu.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1945/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 1945/2011



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5350/10 de fecha 21/12/2010 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el cual se solicita autorización para la toma de un


crédito enmarcado en el “Plan de Desarrollo Competitivo de la Ganadería Ovina y Caprina”,


generado por el Centro PYME –ADENEU” (Agencia de Desarrollo Económico de Neuquén),


y;




CONSIDERANDO:




Que, de acuerdo a lo expresado en Nota Nº 072/11 de fecha 11 de marzo de 2011 el


Sr. Intendente Municipal a cargo, solicita la autorización del Cuerpo Colegiado para que la


Municipalidad de Junín de los Andes adquiera en calidad de crédito la suma total de Pesos


Cuarenta Mil ($ 40.000,00) con una Tasa Nominal Anual (TNA) 0%, enmarcado dentro del


Plan de Desarrollo Competitivo de la Ganadería Ovina y Caprina del Centro PYME –


ADENEU.-




Que, a la fecha el municipio como organismo público, cumple con todos los


requisitos necesarios para acceder al programa según la convocatoria (fojas 03, 04 y 05) de


presentación de proyectos realizada en el mes de noviembre por el Ministerio de Desarrollo


Territorial y acceder al financiamiento para la compra de una Cámara Frigorífica, con


dimensiones aproximadas a los 2,50 x 2,30 x 3,00, con una capacidad de frío de entre 0º a -


15º.-




Que, este equipamiento permitirá contar con un elemento que incorporará valor


agregado en los operativos de faena, teniendo como destinatarios a productores locales y


pequeños productores de las comunidades rurales mapuche. Como así también será utilizada


en los productos cárneos que se incauten en las distintas inspecciones y/o controles de rutina


sobre comercios, ruta y/o calle que realiza la Dirección de Bromatología.-




Que, a los efectos de cumplir con el objetivo y los resultados esperados del proyecto,


el Departamento Ejecutivo Municipal deberá refrendar los respectivos convenios de uso con


aquellas organizaciones que lo requieran para actividades que no correspondan directamente al


municipio.-




Que, por lo expuesto este Cuerpo de Concejales luego de haber analizado lo


estipulado en las características del financiamiento del programa y los presupuestos


presentados por el Departamento Ejecutivo Municipal, considera necesario, oportuno y


conveniente dar la respectiva autorización.-




Que, a tal efecto, se debe elaborar la norma legal pertinente.-























ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1945/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56 y ARTÍCULO 57º inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a la toma de un


crédito a contraer con el Ministerio de Desarrollo Territorial del Provincia


del Neuquén a través del Centro PYME – ADENEU (Agencia de Desarrollo Económico de


Neuquén), por la suma total de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000,00), en un plazo de devolución


de hasta ocho (8) meses y con un periodo de gracia hasta seis (6) meses y Tasa Nominal Anual


(TNA) 0%, en un todo acuerdo a las características del financiamiento enmarcado dentro del


Plan de Desarrollo Competitivo de la Ganadería Ovina y Caprina del Centro PYME-


ADENEU.-




ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE el gasto del Crédito autorizado precedentemente cuyo destino


será íntegramente la compra de una Cámara Frigorífica, con dimensiones


aproximadas a los 2,50 x 2,30 x 3,00, con una capacidad de frío de entre 0º a -15º, más gastos


de instalación.-


ARTÍCULO 3º: IMPLEMÉNTASE una Cuenta Especial para los fines específicos de la


presente, como así también la incorporación de las Partidas de Ingreso y


Egreso en el Presupuesto General vigente.-




ARTÍCULO 4º: ESTIPÚLASE en caso de ceder el uso de la Cámara Frigorífica a otras


instituciones, organizaciones y/o establecimientos que lo requieran por sus


actividades, fuera del estamento municipal, se deberán firmar los respectivos convenios,


debiendo prever para tal fin una tasa municipal.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 6º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO


DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1549/11.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA