Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1766/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1766/2009
VISTO: El Expte. C.D. Nº 4541/09 de fecha 14/09/2009 iniciado por el Sr. Pascual Vicente,
Presidente de la Asociación de Taxis de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Asociación citada solicita una actualización de tarifa de taxis.-
Que, teniendo en cuenta la modificación de tarifas efectuada en Junio del año 2008,
se ha visto un incremento de hasta un 49% en los insumos relacionados al mantenimiento de
los vehículos (combustibles, lubricantes, repuestos, etc.), provocando un desfasaje con los
valores actuales.-
Que, luego de haber analizado la propuesta original y de haberse mantenido una serie
de reuniones con los integrantes de la Asociación, se dispuso establecer nuevos valores para la
tarifa de taxis en la localidad, lo cual se logró a través de una propuesta alternativa trabajada
en forma conjunta.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Capítulo II “Servicios Públicos”, Artículo
124, establece: “Son competencia de la Municipalidad de Junín de los Andes todos los
servicios de carácter común y general que se prestan dentro de su ejido, respetando las
jurisdicciones reservadas a los estados nacional y provincial, ejerciendo las facultades
delegadas y/o concurrentes cuando ello procediere. El Concejo Deliberante estará facultado
para establecer tarifas diferenciales para casos de carencias u otros que considerare”.-
Que, conforme Despacho Nº 099/09 de la Comisión de Producción y Turismo,
aprobado por mayoría de (5) cinco votos a favor y (2) dos votos en contra, en Sesión Ordinaria
de fecha 30/09/09, este Concejo Deliberante dispuso derogar la Ordenanza Nº 1582/2008 y
establecer nuevos valores para la tarifa de taxi.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 1582/2008 de fecha 11/06/2008.-
ARTÍCULO 2º: FIJASE que la Tarifa para la prestación del servicio de Taxis en la Ciudad
de Junín de los Andes, se ajustará a los siguientes valores máximos:
ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1766/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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DIURNA:
1) Bajada de Bandera: $ 1,90.-
2) Por cada 80 mts. , recorridos: $ 0,35.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,35.-
NOCTURNO:
1) Bajada de Bandera: $ 2,00.-
2) Por cada 80 mts. , recorridos: $ 0,42.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,42.-
ARTÍCULO 3º: FIJASE que el horario de la Tarifa nocturna será de 00:00 hs a 07:00 hs.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y Transporte
Municipal y por su intermedio a todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro
transporte público de pasajeros. Cumplido Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1456/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES