Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2014/11.
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2014/2011
VISTO: Las Ordenanzas Nº 1860/2010 del 08/07/2010 y Nº 1881/2010 del 01/09/2010; y el
Expte. Nº 2679/11 “B” del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 29/08/2011, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 1860/2010, se declara de Interés Municipal el Servicio de
Transporte Urbano de Pasajeros y aprueba el marco regulatorio de dicho servicio, el cual corre
agregado a la misma como Anexo I.-
Que, los Artículos 2º y 5º del Anexo I de la precitada ordenanza establecen el recorrido
y los horarios, respectivamente, para la prestación de este servicio.-
Que, por Ordenanza Nº 1881/2010 de fecha 01/09/2010, se incorpora en el Artículo 2º
del Anexo I de la Ordenanza Nº 1860/2010 el “Recorrido” del Servicio de Transporte Urbano de
Pasajeros, el servicio rápido (Línea 2).-
Que, en el Expte. Nº 2679/11 la Empresa Castelli S.R.L., concesionaria del Servicio
Público de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes (Ordenanza Nº 1898/2010),
solicita cambio en el recorrido de la Línea 2, a partir del 01 de septiembre de 2011.-
Que, esta Empresa considera oportuno realizar cambio, dado las modificaciones que se
han realizado en canto al sentido de algunas calles de la ciudad y que afectan al recorrido
establecido por Ordenanza Nº 1881/2010.-
Que, los horarios y recorridos es un servicio que utilizan solamente los alumnos y
docentes del Centro de Educación Integral San Ignacio (CEI) San Ignacio; y el flujo de pasajeros
de diez meses de servicio demuestra la inutilidad de parte de las frecuencias y del recorrido.-
Que, la Empresa Castelli S.R.L., propone un recorrido circular con base en la Terminal de
ómnibus y que recorra todos los barrios que se abarcan actualmente.-
Que, en Nota Nº 153/11 de fecha 26/08/2011 de la Dirección de Tránsito y Transporte,
se cree oportuno acceder a lo solicitado dado que las modificaciones propuestas cubren servicios
en el Barrio Primeros Pobladores para aquellos vecinos que se deseen trasladarse hasta Curruhue ó
desde Curruhué hasta el Centro de la Ciudad (Terminal de Ómnibus).-
Que, por lo expuesto, conforme Despacho Nº 097/11 de la Comisión de Producción y
Turismo, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 28/09/2011, resuelve aprobar la
propuesta de modificación a la Ordenanza Nº 1881/2010 presentada por la Empresa Castelli
S.R.L., del nuevo recorrido de la Línea 2, tal como se detalla en fs. 02 del Expte. del DEM Nº
2679/11.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ANDREA SILVANA ROSSO MARIANA NATALIA MORZENTI
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2014/11.
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE, el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1881/2010 de fecha
01/09/2010, el cual quedará redactado de la siguiente manera: INCORPÓRASE
en el Artículo 2º del Anexo I de la Ordenanza Nº 1860/2010 “Recorrido” del Servicio de
Transporte Urbano de Pasajeros, el servicio rápido (Línea 2), de acuerdo al siguiente detalle:
Mañana Tarde
Terminal de Ómnibus Terminal de Ómnibus
Antártida Argentina Félix San Martín
Domingo F. Sarmiento General Lamadrid
Islas Malvinas Ruta Nº 234
Ruta 234 Ruta 61
Epulafquen CEI San Ignacio
Traful Ruta 61
Ruta 234 San Martín
Curruhué Ruta 234
Ruta 234 Coronel Suárez
Avenida Lonquimay Félix San Martín
Félix San Martín Avenida Lonquimay
General Lamadrid Ruta 234
Ruta 234 Epulafquen
Ruta 61 Traful
CEI San Ignacio Curruhué
Ruta 61 Ruta 234
Ruta 234 Antártida Argentina
Chile Domingo F. Sarmiento
O’Higgins Islas Malvinas
Olavarría Coronel Suárez
Terminal de Ómnibus O’Higgins
Olavarría
Terminal de Ómnibus
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal; a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1577/11.-
ANDREA SILVANA ROSSO MARIANA NATALIA MORZENTI
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA