Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2575/2016
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8382/2016 de fecha 30/03/2016 iniciado por integrantes del Bloque
del Movimiento Popular Neuquino (M.P.N.), en el cual solicitan modificación de la
Ordenanza Nº 1608/2008, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Nº 1608/2008, se crea el Boletín Oficial Municipal y su anexo.-
Que, es imprescindible garantizar un acceso inmediato a todos aquellos vecinos que
tienen el derecho de acceder a la información pública.
Que, el conocimiento por parte de los vecinos de las decisiones del Departamento
Ejecutivo y el Deliberativo, incrementa la transparencia de los actos de gobierno.
Que, el incumplimiento a dicha exigencia es susceptible de acarrear consecuencias
legales y judiciales perniciosas al erario Público Municipal.
Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 06/04/2016, aprueba sobre
tablas y por unanimidad la modificación de la Ordenanza. Nº 1608/2008.
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1°: MODÍFICASE: El Artículo 8º de la Ordenanza Nº 1608/08, sancionada en la
fecha 16/07/2008, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
“ORDÉNESE que el Boletín Oficial Municipal sea dado a conocer a los vecinos a través de los
siguientes medios.
a) El Boletín Oficial Municipal será de consulta gratuita para la población, Para ello se
habilitarán 2 (dos) ejemplares impresos en exhibición en cada Secretaría Municipal,
Concejo Deliberante y Juzgado de Faltas.
b) Formato digitalizado para ser consultado en la página Web de la Municipalidad de Junin
de los Andes.
c) El Área de Prensa será la encargada de enviar vía mail, el Boletín Oficial Municipal a los
medio radiales, televisivos, y organismos de comunicaciones locales”.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
SEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA
EN ACTA Nº 1842/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES