2276 - 13 Incorporación Partida Presupuestaria Subsidios No reintegrable Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.pdf

ORDENANZA Nº 2276/13.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




1




O R D E N A N Z A Nº 2276/2013

VISTO: La Nota Nº 204/13 del Departamento Ejecutivo Municipal, Secretaría de Economía, por la


cual se solicita al Cuerpo Deliberativo se incorpore a través de Ordenanza en el Presupuesto


General Año 2013, Partida Presupuestaria, en referencia a la Ordenanza Nº 2272/2013, mediante la


cual se ratifica el Convenio celebrado entre el Municipio y el Ministerio de Desarrollo Social de la


Nación, y;




CONSIDERANDO


Que, a través del citado Convenio y en el marco de las acciones de la marca registrada


Argentina Trabaja a través del Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social “Manos a la


Obra” regidos por Resolución M.D.S. Nº 2476/2010 el que tiene por finalidad ser un sistema de


apoyo a las iniciativas de desarrollo socioeconómico local generadores de empleo, con destino


prioritario a la inclusión de personas o grupos en condiciones de vulnerabilidad social.-


Que, atento a ello y a lo indicado en el Punto 6 de la Cláusula Segunda del referenciado


Convenio que textualmente dice: “…Registrar en la Contabilidad de “LA ORGANIZACIÓN”


ADMINISTRADORA” de modo perfectamente individualizado con el aditamento “SUBSIDIOS NO


REINTEGRABLE DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN”, el ingreso de


los fondos y las cuentas contables que muestren las inversiones realizadas…”


Que, para poder materializar estos ingresos y egresos es indispensable incorporar dentro del


Presupuesto la correspondiente Partida Presupuestaria como Partida de Ingresos y Egresos,


observándose que en el Presupuesto vigente (Ordenanza Nº 2203/2012) no se encuentra la Partida


respectiva.-


Que, a tal efecto debe sancionarse la norma legal que autorice la incorporación de esta


Partida Presupuestaria en el Presupuesto General de la Municipalidad de Junín de los Andes, para el


Ejercicio año 2013.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA,


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2013 la Partida


Presupuestaria de Ingresos y Egresos denominada: “Subsidios No Reintegrable del Ministerio de


Desarrollo Social de la Nación”, a efectos de dar cumplimiento al compromiso asumido con la firma


del Convenio con el Estado Nacional, ratificado en fecha 31/06/13.-


ARTÍCULO 2º: DESE: para su promulgación al Departamento Ejecutivo Municipal, y por su


intermedio, envíese copia de la presente a la Secretaría de Economía, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTITRÉS DÍAS DEL MES AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN CONSTA


EN ACTA Nº 1.685/13 – EXPTE. C.D. Nº 6821/13.-









GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA