1459 - Modifica Ordenanza Nº 1220 y Art. 1º Ordenanza Nº 1351-06 Tarifa de Taxis.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1459/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1459/2007



VISTO: El Expte. C.D. Nº 3647/07 de fecha 26/04/2007 iniciado los Señores Rubén De León


y Jorge Almendras, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Asociación de


Taxis de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Comisión Directiva de la citada Asociación y presentantes de las Bases de


Taxi “El Cóndor”, “La Unión”, “El Rápido” y “Los Puesteros”, solicitan al Cuerpo


Deliberativo en forma urgente un aumento de tarifa.-


Que, a fs. 04, 05 y 06 del Expte. en cuestión la Asociación de Taxistas de Junín de


los Andes explica los motivos que fundamentan la solicitud de actualización de precios


correspondiente al servicio de taxi de nuestra localidad.-


Que, la Carta Orgánica Municipal en su Capítulo II “Servicios Públicos”, Artículo


124, establece: “Son competencia de la Municipalidad de Junín de los Andes todos los


servicios de carácter común y general que se prestan dentro de su ejido, respetando las


jurisdicciones reservadas a los Estados nacional y provincial, ejerciendo las facultades


delegadas y/o concurrentes cuando ello procediere. El Concejo Deliberante estará facultado


para establecer tarifas diferenciales para casos de carencias u otros que considerare”.-


Que, conforme Despacho Nº 041/07 de la Comisión de Planificación, Producción y


Turismo, aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria de fecha 16/05/2007, este Concejo


Deliberante dispuso derogar el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1351/2006 y establecer nuevos


valores para la tarifa de taxi.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: DERÓGASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1351/2006 de fecha


19/04/2006.-




ARTÍCULO 2º: FIJASE que la Tarifa para la prestación del servicio de Taxis en la Ciudad


de Junín de los Andes, se ajustará a los siguientes valores máximos:


1) Bajada de Bandera: $ 1,80.-
2) Por cada 100 mts. , recorridos: $ 0,20.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,20.-













ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI CARLOS A. CORAZINI


A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1459/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y Transporte


Municipal y por su intermedio todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro


transporte público de pasajeros.-


ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa A/C, Concejal


Adriana del Carmen Massaccesi.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1326/07.-













ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI CARLOS A. CORAZINI


A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES