1595 - 08 Aprobación Convenio Parque Industrial Sr. D´Amorín Sebastian.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1595/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1595/2008



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2844 de fecha 27/07/2.006 iniciado por el Señor


Sebastián D´Amorín Lima Novo, titular del D.N.I. Nº 20.463.732. con domicilio


legal en Camino Nº 268 de la Ciudad de San Martín de los Andes, referente a solicitud de


predio en el Parque Industrial de Junín de los Andes, destinado a la producción de Trailers


(para cuatriciclos, jetski, moto de nieve, embarcaciones, etc.), batanes, holding up, casas


rodantes, motorhomes, tuning, etc.; el Expte. Nº 457 Letra “D” de la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos de fecha 06/02/2.008 que contiene presentación de Planos del proyecto


reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en fecha 03/04/2.008 entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Señor Sebastián D´Amorín Lima Novo,


y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 3, de la Manzana 93,


Nomenclatura Catastral 13-20-054-9586, según Certificado de amojonamiento que figura


como folio 11 del Expte. Nº 457 Letra “D” iniciado el 06/02/2008 en la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 2844 “B” de fecha 27/07/2006


con una superficie de UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS


CUADRADOS (1.746,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a


practicarse por el “Adquirente”;




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Treinta y Cuatro Mil Novecientos Treinta


($ 34.930,00) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda


del citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 457 “D”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 25/06/2008, conforme lo


establecido en Despacho Nº 131/2008, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1595/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:



O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha


03 de Marzo de 2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el


Señor Secretario de Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en


Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Señor SEBASTIÁN D´AMORÍN LIMA NOVO, TITULAR


DEL D.N.I. Nº 20.463.732. con domicilio legal en Camino Nº 268 de la Ciudad de San


Martín de los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción


de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 3, de la


Manzana 93, Nomenclatura Catastral 13-20-054-9586, según Certificado de amojonamiento


que figura como folio 11 del Expte. Nº 457 Letra “D” iniciado el 06/02/2008 en la Secretaría


de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 2844 “B” de fecha


27/07/2007 con una superficie de UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS


CUADRADOS (1.746,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a


practicarse por el “Adquirente”;




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Gustavo


Edgardo Cañicul.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1382/08.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA