Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1844/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1844/2010
VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 1330/2010 Letra “A” de fecha 22/04/10, iniciado por la
Coordinación de Programas Culturales de la Dirección de Cultura de la
Municipalidad de Junín de los Andes, enviado al Concejo Deliberante a través de la Nota Nº
196/10, firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, y;
CONSIDERANDO
Que, en la observación realizada por personal especializado en materia de Archivos
Históricos, es fundamental establecer una Ordenanza que establezca las divisiones internas del
Archivo Municipal avalada por los estudios sobre archivalía y operativa en todo ámbito estatal
municipal, provincial y nacional, es decir, la división fundamental en tres áreas: Archivo
General, Intermedio e Histórico, que son los archivos constitutivos básicos, que deben
delinearse a los efectos de lograr una administración municipal eficiente en materia
documental y comunicativa.-
Que, ante la falta de esta división, surge la problemática sobre criterios de expurgo
que determina qué material es fundamental para el archivo intermedio e histórico, provocando
acumulación de material inservible ocultando lo realmente valioso.-
Que, ante el crecimiento que ha registrado nuestra ciudad en los últimos tiempos, el
volumen de documentación y papel se ha acrecentado de manera considerable, por lo que esta
normativa permitirá un manejo centralizado y organizado de los archivos del estado
municipal.-
Que, entendiendo que toda documentación producida por el estado se considera
como parte integrante potencial del patrimonio documental de la provincia, y como tal debe
ser preservada con las excepciones y procedimientos establecidos por la Ley Nº 1732.-
Que, “…tendrá por objeto: recibir, conservar, clasificar, ordenar, describir y permitir
el acceso ó conocimiento del material que custodia y que constituye parte del patrimonio
documental de la provincia…” (Art. Nº 13).-
Que, las funciones del Archivo General se delimitan a la conservación del material
bajo su custodia, proveyendo todos los medios necesarios para mantenerlo en la mejores
condiciones y evitar su deterioro, destrucción, alteración ó desaparición; la clasificación y
organización de la archivalía de modo de facilitar su utilización, respetando los principios de
procedencia y orden original, la descripción de la archivalía, confeccionando los auxiliares
descriptos adecuados; la restauración del material que lo necesitare; la publicación de
repertorios y textos documentales del material que posean notorio valor; la difusión del
conocimiento de sus fondos mediante conferencias, exposiciones, publicaciones y cualquier
otro medio conducente a ese fin. La promoción y estimulación de las investigaciones mediante
el empleo de su material; la publicación de una revista como órgano oficial y la obtención de
copias de documentación conservadas en otros archivos públicos o privados, como archivo
complementario, con el objeto de proveer información.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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Que, la misión del Archivo Intermedio es concentrar toda la documentación de más
diez años de antigüedad, producida por los organismos del poder ejecutivo y de los
organismos del poder judicial y legislativo, de entidades autónomas que se adhieran a la ley
presente.-
Que, sus funciones de Archivo Intermedio son recibir la documentación procedente
de los archivos centrales, de acuerdo a la reglamentación que se dicte al respecto, conservar la
documentación confiada en las mejores condiciones posibles, evitando su deterioro,
destrucción, alteración ó desaparición; evacuar las consultas de los organismos del gobierno;
remitir la archivalía solicitada por los organismos del gobierno provincial; eliminar la
archivalía una vez cumplido el plazo determinado por las disposiciones emanadas de la
dirección general, de acuerdo a tablas de selección elaboradas; transferir al Archivo histórico
de la Municipalidad la archivalía que corresponda y clasificar, ordenar, inventariar, restaurar y
encuadernar el material.-
Que, el Archivo Histórico concentra la documentación de más de 25 años de
antigüedad, producida por el poder ejecutivo y que haya sido calificada con valor histórico por
la dirección de Archivo Intermedio además de toda la documentación existente proveniente de
otras áreas del estado municipal y provincial, asociaciones, particulares y otras entidades.-
Que, sus funciones fundamentales como Archivo Histórico son recibir la
documentación de valor histórico que se le transfiere, clasificar, ordenar, archivar en óptimas
condiciones de seguridad y conservación la archivalía, con todos los soportes necesarios para
materiales no convencionales, tanto de soporte moderno como de soporte antigüo; realizar
publicaciones de repertorios para divulgar el patrimonio documental; llevar a cabo
exposiciones; crear ó establecer una biblioteca y hemeroteca a fin de registrar y recibir
publicaciones, realizar inventarios de la existencia bibliográfica, preparar catálogos, establecer
canje y solicitar la compra, restauración y encuadernación del material bibliográfico; instalar
los talleres de restauración, encuadernación, fotografía y todos los necesarios para asegurar la
archivalía de materiales no convencionales y mantener contacto con personal docente de todos
los niveles, a fin de organizar visitas, exposiciones ó clases didácticas con documentación
histórica.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Junín de los Andes a la LEY
PROVINCIAL Nº 1732 y DECRETO PROVINCIAL
REGLAMENTARIO de dicha ley, referido al Sistema Provincial de Archivos y su
aplicación a la administración municipal.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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ARTÍCULO 2º: CREÁSE el Archivo General, Archivo Intermedio y Archivo Histórico de la
Municipalidad de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Secretarías para la
reglamentación de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1490/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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