Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1097/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 1097/2003
VISTO: El Expte. C.D. Nº 2700/03 que contiene Nota Nº 58/03 de fecha 08/08/2003, firmada
por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, donde solicita se
imponga el nombre de “VOLCÁN LANÍN” a la ex –Sala de Sesiones José de San Martín del
Edificio del Poder Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Intendente Municipal informa que dicha Sala será utilizada para
recepción de autoridades, reuniones con empresarios, entidades, conferencias, etc.-
Que, dicha solicitud se fundamenta en virtud que el Volcán Lanín es una figura
emblemática para nuestra localidad encontrándose presente en el Escudo Municipal y
Provincial.-
Que, el Volcán Lanín como atractivo turístico, es nuestra insignia nacional,
encontrándose el mismo en diferentes publicaciones internacionales, atrayendo a deportistas
de todo el mundo quienes realizan diferentes actividades de montaña. Razón por la cual este
Ejecutivo Municipal ha apoyado innumerables actividades realizadas en el Volcán, a fin de
colaborar en la difusión y concentración turística en pos de la conservación de este atractivo.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 10 menciona que la Municipalidad
adopta como Escudo Oficial el que fuera institucionalizado en el año 1983, creado por Sor
Inés Elvira, entre cuyas características resaltantes se menciona el Volcán Lanín, adoptándolo
uno de los símbolos naturales de Junín de los Andes.-
Que, el Volcán Lanín, posee una altura de 3776 metros con forma cónica constituido
por basalto de distintas edades, difíciles de distinguir entre si por haber recibido erupciones
más jóvenes. La cumbre está cubierta de nieve y hielo durante la mayor parte del año.-
Que, el mismo es considerado el más llamativo de la región y se lo ve desde distintos
puntos del Parque Nacional.-
Que, una de las características que despierta la fascinación del que lo observa es la
variación de colores que va tomando en las distintas horas del día, de acuerdo a la posición del
sol, variando de los tonos rojizos amarillentos, con los rosados y la pureza del blanco. Es de
una belleza sobrecogedora.-
Que, sus laderas poseen vegetación sólo hasta alcanzar los 2.000 metros de altura.
Las especies forestales dominantes en este sector son la lenga, el ñire y el pehuén.-
Que, el Volcán Lanín, lo señalan como una de las más altas cumbres de nuestra zona
y atalaya obligado de viajeros y turísticas.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1097/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
Que, al servir de hito demarcatorio de las fronteras Chileno-Argentinas, no se ha
divulgado suficientemente su entorno. Aunque de ambos lados, forma parte de los Parques
Nacionales (Lanín en el caso Argentino y Villarrica en el lado Chileno).-
Que, en conformidad con lo expresado precedentemente y a lo establecido en el
Despacho Nº 033/03 de la Comisión de Cultura, Educación y Formación Democrática, este
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 20/08/2003, dispuso por unanimidad
aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal.-
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. A, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: IMPÓNGASE el nombre de “VOLCÁN LANÍN” a la ex –Sala de
Sesiones “General José de San Martín” del edificio de la Municipalidad de
Junín de los Andes (Poder Ejecutivo Municipal), ubicada en el Lote 212 de la Manzana 55,
Nomenclatura Catastral 011-13-20-053-1338, inscripto en el Registro de la Propiedad al Tº
019, Fº 058, Fca. 2289, año 1938, la cual será utilizada para recepción de autoridades,
reuniones con empresarios, entidades, conferencias, etc., conforme solicitud efectuada por el
Departamento Ejecutivo Municipal por Expte. C.D. Nº 2700/03.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,
y por su intermedio remítase copia a las secretarías y áreas que
correspondan, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay
A.J. del Río.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1135/03.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES