1330 - Establecer Estacionamiento Reservado Subsecretaría Turismo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1330/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1330/2005



VISTO:
La necesidad de regular el estacionamiento vehicular en el sector de uso público


ubicado sobre calle Padre Milanesio, margen derecha sobre el cordón del edificio de


la Subsecretaría de Turismo, y;




CONSIDERANDO.:


Que, la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Junín de los Andes en su Artículo


161 establece “El Concejo Deliberante establecerá por ordenanza los sentidos de marcha de


las calles del radio urbano,.... y el estacionamiento vehicular para cada zona, garantizando: a)


El cuidado del ambiente y la seguridad y la salud de las personas”.-




Que, la Carta orgánica Municipal en su Artículo 172 establece que “La


Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de principales fuentes de


crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades


turísticas sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos,


recreativos, socio-culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su


protección, restauración, mantenimiento y perpetuación.




Que, en el Artículo 173, establece que “El Plan Municipal de Turismo, sin perjuicio


de otras que sean consideradas apropiadas y convenientes, realizará las acciones necesarias


para: d) Promocionar y alentar la hospitalidad y respeto hacia los visitantes, impulsando la


capacitación necesaria.-




Que, se debe brindar a los turistas que visitan esta localidad un espacio de


estacionamiento reservado por tiempo limitado para que puedan realizar las consultas


necesarias ante la oficina de informe de la Subsecretaría de Turismo.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 14/12/2005, conforme


Despacho Nº 065/05 de la Comisión de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad establecer


para uso de espacio público para estacionamiento reservado, sobre calle Padre Milanesio,


margen derecha; a la altura Nº 596 de 08:00 a 20:00 hs.-




Que, al efecto debe dictarse la norma respectiva.-




POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1330/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE como PARADA de Estacionamiento Vehicular


EXCLUSIVO para TURISTAS el sector de uso público ubicado sobre calle


Padre Milanesio al 596, margen derecha, frente al edificio de la Subsecretaría de Turismo,


ocupando un espacio de 15 mts lineales, todos los días de 08:00 a 20:00 hs. Los vehículos de


los visitantes no podrán permanecer en dicho sector por un tiempo superior a 15 minutos.-




ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que el Departamento Ejecutivo Municipal a través del


área respectiva deberá realizar la demarcación y señalización de la mini


parada libre. Las características y tipología de los carteles deberán adecuarse a las normativas


vigentes.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y Transporte


Municipal. DESE a conocimiento público y amplia difusión por los medios escritos y orales


de la localidad.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto


Fabián Bosque.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1258/05.-















HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA