2832 - 18 Ordenanza Desafectacion de fondos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2832/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1


O R D E N A N Z A Nº 2832/2018


VISTO: Expediente C.D. Nº 9751/18 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal el cual


contiene Proyecto de Ordenanza donde se autoriza al Ejecutivo Municipal a realizar la desafectación


los fondos transferidos por el Estado Provincial, a través de la Ley Provincial N° 2615, en su


Artículo 6º reza Créase el “Programa para el Desarrollo”, que funcionará bajo la órbita del


Ministerio de Desarrollo Territorial u organismo que lo reemplace, cuyo objetivo es asegurar la


integración territorial, el cuidado del medio ambiente, garantizar el bienestar general y la


prosperidad. Dentro de este Programa se afectará un fondo específico con destino al desarrollo de las


comisiones de fomento, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante Ordenanza Nº 1957/2011, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal


a realizar el “Proyecto de obra Pavimento Urbano” de Junín de los Andes, por el importe de $


250.000,00, afectando fondos del Artículo 6º de la Ley Provincial 2615.-


Que, mediante Ordenanza N° 1983/2011, se ratifica el Convenio celebrado entre el


Ministerio de Desarrollo Territorial y la Municipalidad de Junín de los Andes, por la adquisición de


una camioneta 4 x 2 doble cabina destinada a esta localidad por un monto de hasta $ 150.000,00, en


el marco de lo expuesto en el Articulo 6° de la Ley Provincial 2615.-


Que, mediante Ordenanza Nº 2158/2012, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal


a incorporar en el presupuesto municipal la suma de $ 828.000,00, para el desarrollo de la Obra


denominada “Bacheo 2012”, afectando fondos del Artículo 6º de la Ley Provincial 2615.-


Que, mediante Ordenanza N° 2195/2012, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal


a ejecutar la obra denominada “REMODELACIÓN CENTRO DE FORMACIÓN


MUNICIPAL” formando parte de la presente el Anexo I en el cual se presentan Planos, Cómputos,


Presupuesto, Curva de Inversión, por la suma de $ 92.056,50 afectando fondos del Artículo 6º de la


Ley Provincial 2615.-


Que, de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Economía e Infraestructura de


Neuquén de dichas erogaciones han quedado saldos pendientes a favor de esta Municipalidad según


detalle adjunto:


Expte. Detalle Fecha Firma


Convenio


Monto


Convenio


Resolución




Fecha


Resolución


Saldo a Liberar


4300-


006057/11


Adquisición de


Camioneta 4x2


doble cabina 0


Km


15/05/2011 $ 150.000,00 346/11 24/05/2011 $ 26.265,00


4300-


006188/11


Pavimento


Urbano


29/07/2011 $ 250.000,00 505/11 02/08/2011 $ 49.244,00


4340-


1540/12


Bacheo 2012 30/11/2012 $ 828.000,00 661/12 07/12/2012 $ 557.569,00


4340-


001726/13


Remodelación


Centro de


Formación


Municipal


12/03/2013 $ 92.056,50 178/13 18/03/2013 $ 92.056,50


4300-


011092/14


1° Etapa


Sistema


Pluvioaluviona


l


30/07/2014 $ 849.906,60 358/14 01/08/2014 $ 505.295,10


Total $ 2.169.963,10 Saldo $ 1.230.429,60


















LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2832/18.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2


Que, el Ejecutivo Municipal considera oportuno liberar esos fondos a fin de ser reutilizados


en otros Proyectos presentados por parte de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y


Planeamiento Urbano, los cuales serán oportunamente remitidos al Concejo Deliberante para su


evaluación.-


Que, este Concejo Deliberante en sesión Ordinaria de fecha 08/08./2018, conforme


Despacho Nº 125/18 de la Comisión de Economía, dispuso por unanimidad aprobar el presente


proyecto de ordenanza.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la desafectación


de los saldos de obras, detallados en los considerandos, los cuales totalizan la suma de $


1.230.429,60, según Convenios realizados entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el ex


Ministerio de Desarrollo Territorial en el marco del Articulo 6° de la Ley Provincial 2615.-




ARTÍCULO 2º: DETERMINASE que los fondos deberán ser redestinados a obras en beneficio de


la comunidad, las cuales serán oportunamente evaluadas por el Concejo Deliberante, según


proyectos realizados por la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Publíquese.


Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL 2018,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1970/18.-












LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C