1544 - 08 Prorroga Taxi Sr. Miguel Vera.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1544/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 1544/2008



VISTO: El Expte. Nº 3811/08 del registro de este Concejo Deliberante fecha 02/01/2008


iniciado por el Sr. Miguel Vera, D.N.I. Nº 18.009.384, Licencia de Taxi Nº 007, y;




CONSIDERANDO:


Que, a través del citado Expte. el Sr. Vera atento lo establecido en la Ordenanza Nº


1482/07, promulgada por Resolución Nº 892/07 de fecha 15/08/07, Artículo 2º, solicita se le


considere una prórroga por cambio de unidad automotor, habilitada en el rubro taxi bajo el Nº


007.-




Que, el Sr. Miguel Vera manifiesta que en este momento le es imposible poder


cumplir, dado la situación económica, motivo por el cual solicita este beneficio.-




Que, el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1482/2007, establece que “…. Para el caso


de aquellos permisionarios cuyas unidades automotores habilitadas hayan cumplido la


antigüedad de 10 años, el Concejo Deliberante podrá otorgar un plazo de hasta ciento


ochenta (180) días hábiles para cumplimentar la renovación de las mismas. La prórroga se


otorgará por única vez a cada permisionario que solicite este beneficio. Para funcionar la


unidad deberá reunir todos los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 1220/2004 y sus


modificatorias”.-




Que, este Concejo Deliberante, mediante Nota Nº 024/08 de fecha 21/01/2008,


solicitó a la Dirección General de Tránsito y Transporte informe técnico respecto a la solicitud


efectuada por el Sr. Miguel Vera.-




Que, mediante Nota Nº 032/08 de fecha 30/01/2008 la Dirección General de Tránsito


y Transporte remite informe solicitado por este Cuerpo Deliberativo.-




Que, la Ordenanza Nº 1220/2004 en su Artículo 3º establece que: “Toda persona


que desee obtener una licencia comercial Rubro Taxi, deberá presentar la documentación en


el Área de Transporte Municipal, en las condiciones que la Ordenanza establezca, no


admitiéndose excepciones. Las habilitaciones de las personas como permisionarios de taxis y


de las unidades como Taxis serán aprobadas mediante Ordenanza del Concejo Deliberante
y otorgadas por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal”
.-




Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


05/03/2008, conforme Despacho Nº 032/08 de la Comisión de Producción y Turismo, decide


por unanimidad otorgar el plazo solicitado de prórroga por 180 días hábiles a partir de la


sanción de la presente normativa.-




Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL MIGUEL ÁNGEL PARGADE MORALES


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICE-PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1544/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2








POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor Miguel Vera, D.N.I. Nº 18.009.384, un plazo de


Ciento Ochenta (180) días hábiles, a partir del 05/03/2008, para


cumplimentar la renovación de la unidad automotor Marca Volkswagen, Modelo Polo Classic


1.6 NAFTA, Año 1997, Tipo Sedan 4 Puertas, Motor Nº UVB700812, Chasis Nº


8AWZZZ6K2VA042495, Dominio Nº BNR538, habilitada en el rubro Taxi bajo el Nº 007.-


ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para la prosecución del


trámite en conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 1220/2004.


Cumplido envíese copia de la Resolución de promulgación para conocimiento de este Cuerpo


Deliberativo y mediante las formas de estilo, a través del Departamento Ejecutivo Municipal,


notifíquese al presentante.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Sr. Concejal Gustavo Edgardo Cañicul, A/C de


Secretaria Legislativa.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1362/08.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL MIGUEL ÁNGEL PARGADE MORALES


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICE-PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA