1533 - Aprobación Convenio Predio Parque Industrial Sr. Néstor Zúñiga.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1533/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1



O R D E N A N Z A Nº 1533/2007



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 12067 Folio “B” de fecha 25/08/2004 iniciado por el Señor


Fabián Zúñiga, titular del D.N.I. Nº 20.280.061, con domicilio legal en San Juan –


Barrio Provincial de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, referente a solicitud de


predio en el Parque Industrial de Junín de los Andes; el Expte. Nº 2353 Letra “Z” de la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 12/11/2007 que contiene presentación de


Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de


Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Néstor Zúñiga, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 8 de la Manzana 91,


Nomenclatura Catastral 13-20-056-4769, según Certificado de amojonamiento que figura


como folio 35 del Expte. Nº 2353 Letra “Z” iniciado el 12/11/07 en la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 12067/04 Folio “B” de fecha


25/08/04, con una superficie de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS


CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS (2488,89 m²), o los que en más o en


menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”.-


Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos CUARENTA Y NUEVE MIL


SETECIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 49.776,00) que serán cancelados; conforme forma de


pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-


Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 2353 Letra “Z”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 05/12/2007, conforme lo


establecido en Despacho Nº 046/2007, emitido por la Comisión de Labor Legislativa, resuelve


por unanimidad homologar el citado convenio.-


Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1533/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes


de Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el


Señor Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN


MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los


Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Señor FABIÁN ZÚÑIGA,


titular del D.N.I. Nº 20.280.061, con domicilio legal en San Juan – Barrio Provincial de Junín


de los Andes, Provincia del Neuquén, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual


integra la presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 8 de la Manzana 91, Nomenclatura


Catastral 13-20-056-4769, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 35 del


Expte. Nº 2353 Letra “Z” iniciado el 12/11/07 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 12067/04 Folio “B” de fecha 25/08/04, con una


superficie de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS


CON OCHENTA CENTÍMETROS (2488,89 m²), o los que en más o en menos resulte de la


mensura definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Aladino


Altamirano.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1354/07.-











ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES