3145 - 21 Modifica el Art. 2 de la Ordenanza Nº 2838-18 y fijar nuevos valores tierra Parque Industrial.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3145/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1




O R D E N A N Z A Nº 3145/2021



VISTO: La Ordenanza N° 2838/2018, mediante la cual se fija el valor de la tierra en el


Parque Industrial, y el Expte. C.D. N° 10973/21 iniciado por el Sr. Intendente


Municipal, don Carlos Corazini, y;




CONSIDERANDO:




Que, según lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 190,


Titulo DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMICO, Capítulo VI Actividades


Industriales y Comerciales, Parque Industrial y el Artículo Nº 219, en el Título RECURSOS


MUNICIPALES, PRESUPUESTO Y REGIMEN CONTABLE, Capítulo I, RECURSOS


MUNICIPALES.-




Que, el Sr. Intendente Municipal solicita el aumento de precio del metro cuadrado de


la manzana 86 ubicada en el Parque Industrial teniendo en cuenta que los precios se


encuentran desactualizados con respecto al valor de la tierra en nuestra localidad.-




Que, el incremento de la valuación fiscal de las tierras en estos últimos tres años en


porcentaje es de: 40% en 2019, 55% en 2020 y 40% a la fecha del 2021, de acuerdo a las


tablas elaboradas y publicadas por la Dirección Provincial de Catastro e Informe Territorial.-




Que, es necesario proceder a establecer nuevos planes de pago para las tierras del


Parque Industrial, que se adapte a las actuales circunstancias económicas.-




Que, el Cuerpo Legislativo, en sesión ordinaria de fecha 08/06/2021, aprueba sobre


tablas y por unanimidad aprobar el presente proyecto de Ordenanza, con el dictado de la norma
legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 2º de la Ordenanza 2838/2018, el cual quedará


redactado de la siguiente manera:


ARTÍCULO 2º: FIJASE: el VALOR DE LA TIERRA en el Parque


Industrial de Junín de los Andes conforme el siguiente detalle:


1 Lotes de la Manzana 86 en pesos CINCO MIL QUINIENTOS ($5.500) por
metro cuadrado (m²).


2 Por los Lotes remanentes de las Manzanas 84-85-88-89-90-91-92-93-94-
96-116-136-137 en PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1800,00) por


metro cuadrado (m²).


3 Por los lotes remanentes de las Manzanas Chacra 22 y Chacra 27 se fija
un valor de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 2400,00) por metro


cuadrado (m²).-













LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE


VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3145/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2




ARTÍCULO 2º: MODIFÍCASE: el Artículo 4º de la Ordenanza 2838/2018, el cual quedará


redactado de la siguiente manera:


ARTÍCULO 4º: DETERMÍNASE: que las formas de pago del valor de la


tierra en el Parque Industrial, se establece de la siguiente manera: Se podrá


optar por:


PAGO AL CONTADO: Sin descuento sobre el valor establecido por
metro cuadrado (m²).-


VENTA A PLAZOS: Como mínimo el QUINCE POR CIENTO (15%)
del monto total del valor de las tierras y el saldo restante, en forma


financiada según sistema de amortización francés, con una tasa nominal


ajustada a la tasa anual equivalente a la tasa de créditos del Banco de la


Nación Argentina vigente al momento de efectuarse el pago de la cuota. La


financiación será a convenir en 12, 18, y 24 cuota mensuales y


consecutivas.-




ARTÍCULO 3º: APLÍQUESE: El Artículo 2º de la presente Ordenanza, a todos aquellos


terrenos que sean recuperados por parte del Municipio y a futuros lotes a


adquirir para el Parque Industrial.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos. Promulgada, envíese copia a las Secretarías Municipales que


correspondan.-




ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO


DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2109/21.-
















LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE


VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES