Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3145/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3145/2021
VISTO: La Ordenanza N° 2838/2018, mediante la cual se fija el valor de la tierra en el
Parque Industrial, y el Expte. C.D. N° 10973/21 iniciado por el Sr. Intendente
Municipal, don Carlos Corazini, y;
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 190,
Titulo DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMICO, Capítulo VI Actividades
Industriales y Comerciales, Parque Industrial y el Artículo Nº 219, en el Título RECURSOS
MUNICIPALES, PRESUPUESTO Y REGIMEN CONTABLE, Capítulo I, RECURSOS
MUNICIPALES.-
Que, el Sr. Intendente Municipal solicita el aumento de precio del metro cuadrado de
la manzana 86 ubicada en el Parque Industrial teniendo en cuenta que los precios se
encuentran desactualizados con respecto al valor de la tierra en nuestra localidad.-
Que, el incremento de la valuación fiscal de las tierras en estos últimos tres años en
porcentaje es de: 40% en 2019, 55% en 2020 y 40% a la fecha del 2021, de acuerdo a las
tablas elaboradas y publicadas por la Dirección Provincial de Catastro e Informe Territorial.-
Que, es necesario proceder a establecer nuevos planes de pago para las tierras del
Parque Industrial, que se adapte a las actuales circunstancias económicas.-
Que, el Cuerpo Legislativo, en sesión ordinaria de fecha 08/06/2021, aprueba sobre
tablas y por unanimidad aprobar el presente proyecto de Ordenanza, con el dictado de la norma
legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 2º de la Ordenanza 2838/2018, el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2º: FIJASE: el VALOR DE LA TIERRA en el Parque
Industrial de Junín de los Andes conforme el siguiente detalle:
1 Lotes de la Manzana 86 en pesos CINCO MIL QUINIENTOS ($5.500) por
metro cuadrado (m²).
2 Por los Lotes remanentes de las Manzanas 84-85-88-89-90-91-92-93-94-
96-116-136-137 en PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1800,00) por
metro cuadrado (m²).
3 Por los lotes remanentes de las Manzanas Chacra 22 y Chacra 27 se fija
un valor de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 2400,00) por metro
cuadrado (m²).-
LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3145/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2º: MODIFÍCASE: el Artículo 4º de la Ordenanza 2838/2018, el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 4º: DETERMÍNASE: que las formas de pago del valor de la
tierra en el Parque Industrial, se establece de la siguiente manera: Se podrá
optar por:
PAGO AL CONTADO: Sin descuento sobre el valor establecido por
metro cuadrado (m²).-
VENTA A PLAZOS: Como mínimo el QUINCE POR CIENTO (15%)
del monto total del valor de las tierras y el saldo restante, en forma
financiada según sistema de amortización francés, con una tasa nominal
ajustada a la tasa anual equivalente a la tasa de créditos del Banco de la
Nación Argentina vigente al momento de efectuarse el pago de la cuota. La
financiación será a convenir en 12, 18, y 24 cuota mensuales y
consecutivas.-
ARTÍCULO 3º: APLÍQUESE: El Artículo 2º de la presente Ordenanza, a todos aquellos
terrenos que sean recuperados por parte del Municipio y a futuros lotes a
adquirir para el Parque Industrial.-
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Promulgada, envíese copia a las Secretarías Municipales que
correspondan.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2109/21.-
LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES