Ordenanza N° 1176 Fijación de sueldos Subsecretarios y Directores Ejecutivo Municipal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1176/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1176/2004



VISTO: La necesidad de reformular la Ordenanza Nº 759/99; y concordante con la Nota Nº


526/04, presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, donde se eleva el


Programa de Fortalecimiento Institucional Municipal para la Normalización de la Carrera


Administrativa Municipal, y;




CONSIDERANDO:




Que, en la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Junín de los Andes (Artículo


Nº 37), no se menciona en la Planta Política las figuras del Subsecretario y Director Municipal


ni la remuneración que los mismos deben percibir.-




Que, ambas categorías pertenecen al nivel de conducción y responsabilidad de cargo


en quienes se delegan misiones y funciones de responsabilidad política.-




Que, a tal efecto es necesario fijar las condiciones que regirán para los Subsecretarios


y Directores respetando los preceptos de la Carta Orgánica Municipal y compatibilizando en


cuanto a su jerarquía con el resto de la Planta Política.-




Que, este Programa de Fortalecimiento Institucional Municipal para la


Normalización de la Carrera Administrativa Municipal impulsado por el Ejecutivo Municipal,


contempla la creación y llamado a concurso de direcciones administrativas Municipales,


Jefaturas de Áreas y/o Departamentos, a fin de posibilitar cubrir cargos de responsabilidad con


empleados de planta permanente capacitados, contemplar la situación de los que vienen


prestando servicio al frente de áreas municipales con equivalencias, y cubrir aquellas áreas que


por la complejidad o crecimiento de la estructura municipal, pasarán a cubrir estos nuevos


rangos.-




Que, las áreas en cuestión, cuyo carácter será de administrativas, no políticas, están


contempladas en la Ordenanza del nuevo Organigrama Municipal y Manual de Misiones y


Funciones.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INC. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1°: ESTABLÉZCASE para Subsecretarios y Directores del Departamento


Ejecutivo Municipal las mismas condiciones de nombramiento, remoción,


inhabilitaciones e incompatibilidades previstas para Secretarios del mismo Poder.-




ARTÍCULO 2°: FÍJASE como remuneración para los Subsecretarios y Directores el


Generales 50% y 45% del básico del Intendente Municipal, respectivamente,


con más los adicionales generales que corresponden con excepción de título y antigüedad


acumulada en funciones anteriores.-




ARTÍCULO 3°: FÍJASE como remuneración para los Directores Administrativos y Jefes


de Áreas ó Departamentos como exponentes que surjan mediante concursos,


y que resulten dentro de la Carrera Administrativa Municipal para el Personal de Planta


Permanente, el 30% y 25% del básico del Intendente Municipal, respectivamente, con más los


adicionales que corresponden.-






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1176/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 4º: DERÓGUESE en todos sus términos la Ordenanza Nº 759/99 de fecha


02/12/99.-




ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 6°: Promulgada, envíese copia a las áreas interesadas.-




ARTÍCULO 7º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 8º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo A/C, Concejal Aladino


Altamirano.-


ARTÍCULO 9º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL


CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1183/04.-




Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Secretario Legislativo A/C Aladino ALTAMIRANO