1872 - 10 Excepcion CUE Sra. Vanina Palazzani.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 1872/2010



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 5092/10 de fecha 23/06/2010, iniciado por la Señora Vanina Palazzani,


D.N.I Nº 24.156.053, mediante el cual solicitan excepción al Código Urbano y de Edificación,


para dividir el terreno de su propiedad identificado como Lote 294a Manzana 59, Nomenclatura Catastral


Nº 13-20-053-4560 y originar el Lote 294c, ubicado en la calles Tte. Nogueira y Olavarría de esta


localidad, y;


CONSIDERANDO


Que, a fs. 01 del expediente citado, la presentante explica los motivos que fundamentan la


solicitud, y a fs 02 adjunta croquis con la división solicitada.-


Que, conforme los parámetros estipulados en el Código Urbano y de Edificación “Ordenanza Nº


237/91” el inmueble en cuestión se encuentra ubicado en el Área Equipamiento Turístico (ET1), en


concordancia con la Sección II “Normas Urbanísticas”, Capítulo 13, Inciso 13.11.-


Que, a fs. 06 figura informe técnico de fecha 02/07/2008, firmado por y el Subsecretario de


Planeamiento Urbano, el Arq. Pablo A. Giacometti.-


Que, en función a la reunión mantenida el día 13/08/10, con la Sra. Vanina Palazzani y el Arq.


Pablo Giacometti, y con acuerdo de la presentante, ratificado en Nota S/Nº de fecha 13/08/10, este Cuerpo


Deliberativo, conforme Despacho Nº 053/10 de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento


Urbano, decide otorgar el pedido de excepción al Código Urbano y de Edificación, aprobándose la


propuesta de dividir el terreno, quedando un lote de 12mts de frente por 30mts de fondo, ubicado sobre


calle Olavarría, de esta manera únicamente se exceptúa el mínimo en mts de frente exigido en el Código


Urbano.-


Que, al efecto, e debe dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA


MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA


CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA, SANCIONA CON


FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE a la Señora Vanina Palazzani, D.N.I Nº 24.156.053, una excepción


al Código Urbano y de Edificación, para dividir el terreno de su propiedad identificado


como Lote 294a, Manzana 59, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-053-4560, ubicado en la calles Tte.


Nogueira y Olavarría de esta localidad, aprobándose la propuesta de dividir el terreno, conforme croquis


(Propuesta Nº 1) que corre agregada a la presente como Anexo I, quedando un lote de 12mts de frente por


30mts de fondo, ubicado sobre calle Olavarría.-


ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por su


intermedio, envíese copia de la presente a la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, y


Planeamiento Urbano y a la presentante, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN


ACTA Nº 1.508/10.-














LORENA CALFUQUEO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA