Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2953/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2953/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10279/19
fecha 26/06/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de
titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 34, de la Manzana 160, ubicado
en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. González, Carlos Alberto, D.N.I. Nº
21.381.295, a favor de la Srta. González, Karen Lilen, D.N.I. Nº 39.523.072, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en dicho Anexo figura el Sr. González, Carlos Alberto, D.N.I. Nº 21.381.295, en
el Orden Nº 576.-
Que, a fs. 10 y 11 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de
fecha 04/06/2011 del Lote N° 34 de la Manzana 160, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-0849,
con una superficie de Trescientos sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo
Social “Nehuen Che”, del Sr. González, Carlos Alberto.-
Que, a fs. 06 consta copia de Certificación de Cesión de Tenencia Precaria de fecha
25/02/2019 del Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la
cual el Sr. . González, Carlos Alberto, renuncia a todos lo derechos obtenidos bajo la tenencia
precaria cedida por Ordenanza Nº 1873/10 al Lote 34 de la Manzana 160 del Loteo Social
Nehuen Che bajo Certificado de Pre-adjudicación; y cede todos los beneficios y/o derechos
obtenidos bajo la misma a la Srta. González, Karen Lilen, D.N.I. Nº 39.523.072.-
Que, a fs. 02 se adjunta dictamen de fecha 20/05/2019 de Asesoría Legal Municipal,
por el cual se expresa: “… esta Asesoría Legal no ve impedimento alguno para acceder a lo
solicitado y se prosiga con el trámite administrativo correspondiente a fin de que el órgano
compétete resuelva sobre el particular”.-
Que, a fs. 16 obra dictamen de fecha 14/08/2019 de Asesoría Legal del Concejo
Deliberante, por el cual manifiesta: “… que no veo obstáculos para conceder la autorización
de cesión que a este Concejo se solicita a fs. 15, debiendo verificarse – no obstante- el
efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Cláusula Séptima del Certificado de
pre-adjudicación”.-
Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 081/19 de la
Comisión Interna de Gobierno, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
21/08/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2953/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados
para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y
familiar, al Sr. González, Carlos Alberto, D.N.I. Nº 21.381.295, aprobado mediante Ordenanza
1846/2010.-
ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Srta. González, Karen Lilen, D.N.I.
Nº 39.523.072. , y ceder los derechos de pre-adjudicación del el Lote 34, de
la Manzana 160, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-0849, con una superficie de Trescientos
sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo Social, ante los antecedentes
obrantes en Expediente C.D. N° 10279/19, el que diera origen a la presente norma.
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEITIUN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2026/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES