2953 - 19 Baja condición y alta nueva calificado Loteo Social Gonzalez karen.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2953/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2953/2019

VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 10279/19


fecha 26/06/2019 que contiene documentación referente a solicitud de cambio de


titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote 34, de la Manzana 160, ubicado


en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. González, Carlos Alberto, D.N.I. Nº


21.381.295, a favor de la Srta. González, Karen Lilen, D.N.I. Nº 39.523.072, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la


adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la


fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado


a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-


Que, en dicho Anexo figura el Sr. González, Carlos Alberto, D.N.I. Nº 21.381.295, en


el Orden Nº 576.-


Que, a fs. 10 y 11 del Expte. mencionado consta Certificado de Pre-Adjudicación de


fecha 04/06/2011 del Lote N° 34 de la Manzana 160, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-0849,


con una superficie de Trescientos sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo


Social “Nehuen Che”, del Sr. González, Carlos Alberto.-


Que, a fs. 06 consta copia de Certificación de Cesión de Tenencia Precaria de fecha


25/02/2019 del Juzgado de Paz de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la


cual el Sr. . González, Carlos Alberto, renuncia a todos lo derechos obtenidos bajo la tenencia


precaria cedida por Ordenanza Nº 1873/10 al Lote 34 de la Manzana 160 del Loteo Social


Nehuen Che bajo Certificado de Pre-adjudicación; y cede todos los beneficios y/o derechos


obtenidos bajo la misma a la Srta. González, Karen Lilen, D.N.I. Nº 39.523.072.-


Que, a fs. 02 se adjunta dictamen de fecha 20/05/2019 de Asesoría Legal Municipal,


por el cual se expresa: “… esta Asesoría Legal no ve impedimento alguno para acceder a lo


solicitado y se prosiga con el trámite administrativo correspondiente a fin de que el órgano


compétete resuelva sobre el particular”.-


Que, a fs. 16 obra dictamen de fecha 14/08/2019 de Asesoría Legal del Concejo


Deliberante, por el cual manifiesta: “… que no veo obstáculos para conceder la autorización


de cesión que a este Concejo se solicita a fs. 15, debiendo verificarse – no obstante- el


efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Cláusula Séptima del Certificado de


pre-adjudicación”.-




Que, en vista de toda la documentación obrante, conforme Despacho Nº 081/19 de la


Comisión Interna de Gobierno, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


21/08/2019, aprobar el presente proyecto de ordenanza.-




















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2953/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados


para la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y


familiar, al Sr. González, Carlos Alberto, D.N.I. Nº 21.381.295, aprobado mediante Ordenanza


1846/2010.-




ARTÍCULO 2°: APRUÉBASE: como calificada a la Srta. González, Karen Lilen, D.N.I.


Nº 39.523.072. , y ceder los derechos de pre-adjudicación del el Lote 34, de


la Manzana 160, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-0849, con una superficie de Trescientos


sesenta metros cuadrados (360,00 m²), ubicado en el Loteo Social, ante los antecedentes


obrantes en Expediente C.D. N° 10279/19, el que diera origen a la presente norma.




ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEITIUN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2026/19.-
















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES