2461 - 15 Ratificación Convenio Colaboración Mutua Emergencia Provincial Invasión Didymosphenia geminata.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2461/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2461/2015



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 7618/15 de fecha 23/02/2015 que contiene Nota Ext. Nº 051/15


del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite “Convenio de


Colaboración Mutua” suscripto entre la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo


Sostenible, en adelante El Ejecutivo, y la Municipalidad de Junín de los Andes, en adelante el


Municipio, en el marco de la Emergencia Provincial Invasión de la Didymosphenia geminata,


declarada por el Decreto Nº 137/12, considerada una plaga hidrológica a nivel mundial, y;





Que, la Cláusula Primera del citado Convenio establece que: “Las partes entienden


que de producirse la propagación de esta especie impactaría directamente en las economías


regionales y nacionales afectando el turismo y todos los productos asociados a los recursos


hídricos en forma directa e indirecta, así como también podrían verse afectadas las captaciones


de agua para distintos usos ya que la misma exhiben un comportamiento invasivo a escala


global”.-


Que, la Cláusula Segunda expresa que: “Las partes entienden que deben estrechar


vínculos y aunar esfuerzos, trabajando coordinadamente y adoptando las medidas para evitar


la proliferación y/o propagación de esta especie sobre los ecosistemas acuáticos”.-


Que, la Cláusula Tercera establece que: “El Municipio se compromete a llevar a cabo


las tareas de desinfección y control en los puestos de bioseguridad ubicado en el acceso a la


localidad y a seguir las pautas establecidas para la desinfección indicada en el manual de


procedimiento”.-


Que, la Cláusula Cuarta establece que: “En el marco de lo establecido en el Decreto


137/12, El Estado Provincial” se compromete a aportar al Municipio, a través de fondos de la


Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo sostenible, provenientes de la Ley 2183, un


aporte dinerario de $ 183.420,00.-


Que, dicho aporte será destinado a complementar el financiamiento de los gastos


derivados de la implementación y puesta en marcha de las tareas de desinfección y control en


los puestos determinados por las partes a tal efecto, desde Noviembre 2014 hasta Abril 2015,


pagaderos en forma bimestral, previa verificación de cumplimiento por parte de la dirección


Provincial de Ambiente y Desarrollo Sostenible.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo 57, Inc., “t” y conforme Despacho Nº 007/15 de la Comisión Interna de Turismo,


dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 11/03/2015, homologar dicho Convenio,


con el dictado de la norma legal respectiva.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2461/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Colaboración Mutua en el marco de la


Emergencia Provincial Invasión de la Didymosphenia geminata, Decreto Nº


137/12, celebrado a los seis días del mes de Febrero de 2015, entre El Estado Provincial del


Neuquén, representado por el Sr. Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable,


Téc. Qco. Ricardo Dardo Esquivel, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Intendente Municipal, Sr. Juan Domingo Linares, el cual consta de nueve (9) Cláusulas


e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de l Administración Municipal – Ejercicio – año 2015,


la Partida Presupuestaria en Ingresos y Egresos correspondientes a los fondos establecido en la


Cláusula de Cuarta del Convenio mencionado en el Artículo 1º de la presente.-


ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la


Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-




ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.775/15.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C PRESIDENCIA